Política de privacidad
1. Identidad del responsable del tratamiento
PROTEGE TU VIAJE S.A., con domicilio en Ciudad de Panamá, Panamá, ficha 761449, documento 2127909, RUC 761449-2127909, es la responsable del tratamiento de los datos personales objeto de esta Política de Privacidad.
Para consultas, solicitudes o ejercicio de derechos relacionados con datos personales, el titular podrá contactar a PROTEGE TU VIAJE S.A. a través del correo electrónico [email protected].
2.Alcance
Esta Política de Privacidad regula el tratamiento de datos personales realizado por PROTEGE TU VIAJE S.A. en relación con las personas que visitan su sitio web, solicitan cotizaciones, contratan servicios, adquieren vouchers o certificados, utilizan sus canales de atención, solicitan asistencia, tramitan reembolsos, interactúan por medios digitales, telefónicos o presenciales, o cuyos datos sean suministrados en relación con la prestación de los servicios ofrecidos por PROTEGE TU VIAJE S.A.
Se aclara expresamente que PROTEGE TU VIAJE S.A. es una empresa de asistencia al viajero y no una empresa de seguros. Los tratamientos de datos personales descritos en esta Política se realizan en el contexto de la cotización, contratación, coordinación, prestación y gestión de servicios de asistencia.
3. Datos que podemos tratar
PROTEGE TU VIAJE S.A. podrá tratar, según corresponda en cada caso, las siguientes categorías de datos personales:
a) datos de identificación y contacto, tales como nombre, apellido, correo electrónico, número telefónico, fecha de nacimiento, nacionalidad, número de documento o pasaporte;
b) datos del viaje, tales como origen, destino, fechas, itinerarios, vuelos, datos de pasajeros y demás información vinculada a la contratación o ejecución del servicio;
c) datos de facturación, pago y transacción;
d) datos médicos y de salud necesarios para evaluar, coordinar, prestar o auditar servicios de asistencia;
e) datos de localización o geolocalización cuando resulten necesarios para coordinar una prestación o facilitar la atención;
f) grabaciones de llamadas, registros de chats, mensajes de WhatsApp y demás interacciones con canales de atención;
g) datos de navegación, uso del sitio web, cookies y tecnologías similares;
h) datos de terceros beneficiarios cuando quien contrata suministra información para solicitar servicios en favor de otra persona.
4. Finalidades del tratamiento
PROTEGE TU VIAJE S.A. podrá tratar los datos personales para las siguientes finalidades:
a) identificar al usuario, cliente, beneficiario o solicitante;
b) cotizar, emitir, administrar, modificar o gestionar vouchers, certificados o servicios contratados;
c) coordinar, prestar y dar seguimiento a servicios de asistencia;
d) gestionar atenciones médicas, hospitalarias, farmacéuticas o de telemedicina;
e) tramitar autorizaciones, auditorías médicas, revisiones de cobertura, validaciones administrativas y solicitudes de reembolso;
f) atender requerimientos, consultas, reclamos, solicitudes y comunicaciones por canales de atención al cliente;
g) prevenir fraude, usos indebidos, suplantación de identidad o conductas contrarias a las Condiciones Generales;
h) cumplir obligaciones contractuales, legales, regulatorias o requerimientos de autoridades competentes;
i) mantener registros internos, analíticos, estadísticos, de control de calidad, seguridad y mejora del servicio;
j) enviar comunicaciones operativas, contractuales, transaccionales o de servicio;
k) enviar comunicaciones comerciales, promocionales o informativas cuando ello sea permitido por la normativa aplicable o cuando el titular haya consentido recibirlas.
El tratamiento de datos personales no sensibles se realizará, según corresponda, sobre la base de la ejecución del contrato de asistencia, el cumplimiento de obligaciones legales, el interés legítimo de PROTEGE TU VIAJE S.A. o el consentimiento del titular, conforme a la normativa aplicable en cada jurisdicción.
5. Datos de salud y datos sensibles
En la medida en que resulte necesario para la evaluación, coordinación, prestación, auditoría o pago de los servicios contratados, PROTEGE TU VIAJE S.A. podrá tratar datos de salud y demás datos sensibles del Beneficiario.
Cuando la normativa aplicable así lo requiera, la persona legitimada para ello otorga su consentimiento previo, expreso, informado e inequívoco para el tratamiento de los datos de salud y demás datos sensibles necesarios para la evaluación, coordinación, prestación, auditoría o pago de los servicios, así como para su comunicación a terceros que intervengan razonablemente en tales finalidades.
La negativa a suministrar datos necesarios para la evaluación o coordinación de una asistencia, o la revocación del consentimiento cuando este constituya la base habilitante aplicable para determinado tratamiento, podrá impedir total o parcialmente la prestación de los servicios solicitados.
6. Fuentes de obtención de los datos
Los datos personales podrán ser obtenidos:
a) directamente del titular;
b) de la persona que contrata o solicita servicios para sí o para un tercero beneficiario;
c) de familiares, acompañantes, representantes o contactos del beneficiario cuando ello resulte necesario para una asistencia;
d) de prestadores médicos, hospitales, clínicas, laboratorios, farmacias, TPAs, proveedores de asistencia y demás terceros que intervengan en la atención o auditoría del caso;
e) de plataformas, formularios, canales digitales, llamadas, chats, WhatsApp y demás interacciones con PROTEGE TU VIAJE S.A.;
f) de proveedores tecnológicos, comerciales o de pago, en la medida necesaria para la contratación o gestión del servicio.
7. Destinatarios y comunicaciones de datos
PROTEGE TU VIAJE S.A. podrá comunicar o poner datos personales a disposición de terceros cuando ello resulte necesario para las finalidades descritas en esta Política, incluyendo, según corresponda:
a) médicos, hospitales, clínicas, centros de salud, laboratorios, farmacias y demás prestadores sanitarios;
b) proveedores de telemedicina, prestadores de asistencia, TPAs y redes de proveedores;
c) proveedores tecnológicos, de alojamiento, mensajería, CRM, atención al cliente, analítica, seguridad, comunicaciones y soporte operativo;
d) entidades financieras, bancos, pasarelas de pago, proveedores antifraude y operadores de transacción;
e) aliados comerciales o terceros vinculados a programas, beneficios o servicios asociados a la contratación;
f) auditores médicos, asesores, consultores, reaseguradores o terceros que participen razonablemente en la revisión, auditoría o soporte de un caso;
g) autoridades públicas, administrativas, judiciales o regulatorias, cuando exista obligación legal o requerimiento válido.
PROTEGE TU VIAJE S.A. no vende datos personales a terceros.
Cuando los terceros destinatarios actúen como encargados del tratamiento de datos personales por cuenta de PROTEGE TU VIAJE S.A., se formalizarán los acuerdos o instrumentos contractuales que resulten exigibles conforme a la normativa aplicable, a fin de garantizar que el tratamiento se realice conforme a las instrucciones de PROTEGE TU VIAJE S.A. y con las debidas obligaciones de confidencialidad y seguridad.
8. Transferencias internacionales
Dado el carácter internacional de los servicios ofrecidos por PROTEGE TU VIAJE S.A., los datos personales podrán ser comunicados, transferidos o puestos a disposición de terceros ubicados fuera de Panamá o del país de residencia del titular o beneficiario, cuando ello resulte necesario para cotizar, contratar, coordinar, prestar, auditar o pagar los servicios solicitados.
Estas transferencias podrán ocurrir, por ejemplo, cuando la atención deba coordinarse con prestadores, TPAs, redes médicas, proveedores tecnológicos u otros terceros que operen en otra jurisdicción.
PROTEGE TU VIAJE S.A. adoptará las medidas razonables para que dichas comunicaciones o transferencias se realicen conforme a la legislación aplicable y dentro de lo necesario para la finalidad correspondiente y, cuando resulte exigible, con apoyo en los mecanismos, garantías o instrumentos jurídicos previstos por la normativa aplicable.
9. Menores de edad
PROTEGE TU VIAJE S.A. podrá tratar datos personales de menores de edad cuando ello resulte necesario para la cotización, contratación, emisión o prestación de servicios solicitados en su favor.
Quien suministre datos personales de un menor a PROTEGE TU VIAJE S.A. declara y garantiza que se encuentra legitimado para hacerlo y que cuenta con la autorización, representación o facultad suficiente conforme a la normativa aplicable.
PROTEGE TU VIAJE S.A. podrá solicitar información o documentación adicional cuando resulte razonablemente necesario para validar dicha legitimación.
10. Cookies y tecnologías similares
El sitio web de PROTEGE TU VIAJE S.A. podrá utilizar cookies, píxeles, etiquetas, SDKs y otras tecnologías similares propias o de terceros para permitir el funcionamiento del sitio, recordar preferencias, autenticar sesiones, medir tráfico, realizar análisis estadísticos, mejorar la experiencia del usuario, personalizar contenidos y apoyar actividades de mercadeo o publicidad digital.
Dado que las herramientas tecnológicas utilizadas pueden variar con el tiempo, la información actualizada sobre cookies y tecnologías similares, así como sus finalidades y mecanismos de gestión, podrá estar disponible en la política o configuración de cookies correspondiente.
El usuario podrá gestionar ciertas preferencias relacionadas con cookies a través de su navegador o, cuando se encuentre habilitado, a través del mecanismo de configuración disponible en el sitio web.
11. Comunicaciones, llamadas, WhatsApp y atención al cliente
PROTEGE TU VIAJE S.A. podrá conservar registros de llamadas, audios, correos electrónicos, chats, mensajes de WhatsApp y demás comunicaciones mantenidas con usuarios, clientes o beneficiarios, con fines de atención, seguimiento de solicitudes, control de calidad, seguridad, soporte operativo, prueba de gestiones realizadas, prevención de fraude y cumplimiento contractual o legal.
12. Conservación de los datos
Los datos personales serán conservados durante el tiempo que resulte necesario para cumplir con las finalidades descritas en esta Política, para atender la relación contractual, gestionar asistencias, resolver reclamos o reembolsos, cumplir obligaciones legales o regulatorias, atender requerimientos de autoridades, ejercer o defender derechos y mantener registros adecuados de la operación.
Cuando los datos dejen de ser necesarios, PROTEGE TU VIAJE S.A. podrá eliminarlos, anonimizarlos o conservarlos bloqueados según corresponda conforme a la normativa aplicable y a sus necesidades legítimas de archivo, control, defensa o cumplimiento.
13. Derechos del titular
El titular podrá ejercer los derechos que le reconozca la normativa aplicable respecto de sus datos personales, incluyendo, cuando corresponda, derechos de acceso, rectificación, actualización, cancelación, oposición, limitación del tratamiento, revocación del consentimiento y demás derechos legalmente reconocidos.
Las solicitudes podrán dirigirse a [email protected].
PROTEGE TU VIAJE S.A. podrá requerir información razonable para verificar la identidad del solicitante y tramitar adecuadamente la solicitud.
14. Seguridad y confidencialidad
PROTEGE TU VIAJE S.A. adopta medidas razonables de carácter técnico, organizativo y administrativo destinadas a salvaguardar la confidencialidad, integridad y seguridad de los datos personales, de acuerdo con la naturaleza de la información tratada y los riesgos asociados.
No obstante, el titular reconoce que ningún sistema, plataforma, red o mecanismo de transmisión o almacenamiento de información es absolutamente invulnerable, por lo que PROTEGE TU VIAJE S.A. no puede garantizar seguridad absoluta en todos los casos.
15. Obligación de suministrar información veraz
Quien suministre datos personales a PROTEGE TU VIAJE S.A. deberá hacerlo de forma veraz, exacta, completa y actualizada, y será responsable de contar con legitimación suficiente cuando proporcione datos de terceros beneficiarios, acompañantes, familiares o menores de edad.
La omisión, reticencia, inexactitud o falsedad de información relevante podrá afectar la posibilidad de coordinar, prestar, validar, limitar o reembolsar los servicios solicitados, en los términos previstos en las Condiciones Generales y en la normativa aplicable.
16. Enlaces y servicios de terceros
El sitio web o las comunicaciones de PROTEGE TU VIAJE S.A. pueden contener enlaces, integraciones o referencias a sitios, plataformas o servicios de terceros. El tratamiento que dichos terceros hagan de los datos personales se regirá por sus propias políticas y condiciones, por lo que PROTEGE TU VIAJE S.A. recomienda revisar dichos documentos antes de interactuar con ellos.
17. Modificaciones a esta Política de Privacidad
Las modificaciones a esta Política de Privacidad serán efectuadas por PROTEGE TU VIAJE S.A. y entrarán en vigencia al vencimiento del plazo de un (1) mes calendario contado a partir de su publicación en la página web.
En los casos en que la legislación aplicable así lo exija, y siempre que el titular haya proporcionado sus datos personales a PROTEGE TU VIAJE S.A., este podrá ser notificado de dichos cambios por correo electrónico o por otro medio de contacto disponible.
En virtud de lo anterior, el usuario se compromete a revisar periódicamente esta sección para mantenerse informado de su contenido vigente. Si no está de acuerdo con la nueva versión de la Política de Privacidad, deberá abstenerse de continuar utilizando la página web o de suministrar nuevos datos personales por los canales correspondientes, sin perjuicio de las obligaciones contractuales o legales ya existentes.Sin perjuicio de lo anterior, cuando una modificación deba implementarse de forma inmediata por exigencia legal, regulatoria, de seguridad o de cumplimiento, PROTEGE TU VIAJE S.A. podrá aplicarla desde la fecha que indique en su publicación.
18. Disposiciones finales
En todo aquello que no esté expresamente previsto en esta Política de Privacidad, podrán aplicarse de forma complementaria las Condiciones Generales de PROTEGE TU VIAJE S.A., en la medida en que ello resulte pertinente y no contradiga la normativa aplicable en materia de protección de datos personales.
19. Contacto
Para consultas relacionadas con esta Política de Privacidad o con el tratamiento de datos personales, el titular podrá escribir a: [email protected].
Condiciones Generales
I. INTRODUCCIÓN
Todos los servicios proporcionados por este plan de asistencia, son cubiertos a través de PROTEGE TU VIAJE S.A, compañía cuyo objeto principal es el de proporcionar, entre otros, servicios de asistencia médica, jurídica y personal únicamente en casos de EMERGENCIAS en el transcurso de un viaje internacional durante el periodo de vigencia del plan contratado.
Aceptación del Beneficiario.
Las presentes Condiciones Generales, junto con la restante documentación se ponen a disposición del Beneficiario al momento de la compra del plan y conforman el contrato de asistencia al viajero que brinda PROTEGE TU VIAJE S.A. El Beneficiario declara conocer y aceptar las presentes Condiciones Generales, dicha aceptación queda ratificada por medio de cualquiera de los siguientes actos:
1. El pago de los servicios contratados.
2. El uso o el intento de uso de cualquiera de los servicios contratados.
En ambos casos, el Beneficiario reconoce que ha elegido, leído y que acepta todos los términos y condiciones de los servicios expresados en las presentes Condiciones Generales y que las mismas rigen la relación entre las partes en todo momento convirtiéndose en un contrato de adhesión.
Es claramente entendido y aceptado por el Beneficiario que los planes de PROTEGE TU VIAJE S.A, no constituyen bajo ningún motivo un seguro o producto afín, como tampoco es, un programa de seguridad social o de medicina pre- pagada, un servicio médico a domicilio o servicio médico ilimitado. Por lo tanto, no tienen como objeto principal la sanidad completa, ni el tratamiento definitivo de las dolencias del Beneficiario.
Los servicios de asistencia médica a ser brindados por PROTEGE TU VIAJE S.A se limitan expresa y únicamente a tratamientos de urgencia de cuadros agudos y están únicamente orientados a la asistencia primaria en viaje de eventos súbitos e imprevisibles donde se haya diagnosticado una enfermedad o condición médica clara, comprobable y aguda que impida la normal continuación de un viaje, siempre y cuando dicha enfermedad o condición médica no se encuentre en la lista de las exclusiones. Estos planes están diseñados para garantizar la recuperación primaria, normal e inicial del Beneficiario y las condiciones físicas que permitan una normal continuación de su viaje. No están diseñados ni se contratan ni se prestan para:
• Procedimientos médicos electivos
• Efectuarse chequeos médicos de rutina, ni chequeos que no hayan sido previamente autorizados por la Central de Servicios de Asistencia
• Adelantar tratamientos o procedimientos benignos o de larga duración.
Toda asistencia o tratamiento cesará y no será responsabilidad de PROTEGE TU VIAJE S.A una vez que el Beneficiario regrese a su lugar de residencia o cuando expire el período de validez del plan elegido. La adquisición por parte de un Beneficiario de uno o más voucher, no produce la acumulación de los beneficios ni del tiempo en ellas contempladas, en estos casos sólo podrán aplicarse los topes establecidos en el voucher que primero haya sido emitido.
NOTA: Es claramente entendido por el Beneficiario que este plan es un producto de asistencia en viajes y que en la eventualidad que sea ofrecido a través de una compañía de seguros no lo hace un seguro médico internacional.
Por otra parte, una vez iniciada la vigencia del voucher, el Beneficiario no podrá hacer cambios ni ampliación del producto contratado, tampoco se procederá a la cancelación del voucher por ninguna razón, ni bajo ninguna circunstancia.
Sin perjuicio de lo anterior, cuando el Beneficiario prolongue su viaje en forma imprevista, podrá solicitar la emisión de un nuevo voucher. PROTEGE TU VIAJE S.A se reserva el derecho de aceptar o negar esta renovación sin dar más explicaciones rigiéndose bajo las siguientes condiciones:
a. El Beneficiario no podrá solicitar la renovación de su voucher si ha hecho uso de cualquiera de los servicios de PROTEGE TU VIAJE S.A durante la vigencia del primer voucher.
b. El Beneficiario podrá renovar su voucher con un plan que tenga el mismo beneficio del primero o mayor, no se emitirán con beneficios menores a la contratada originalmente.
c. El Beneficiario deberá solicitar autorización para la emisión de un nuevo voucher exclusivamente al agente emisor con el cual contrató la asistencia original o de haber sido comprado en página web, a través del formulario de “Contacto” en la misma, indicando la cantidad de días que desea contratar. El agente emisor está obligado a informar a PROTEGE TU VIAJE S.A que se trata de una emisión en destino y solicitará la autorización para el nuevo período de contratación.
d. La solicitud de emisión de un nuevo voucher deberá efectuarse antes de la finalización de la vigencia del voucher original.
e. El Beneficiario deberá realizar el pago del nuevo voucher al momento de la emisión.
El nuevo plan de su servicio de asistencia en viajes y su correspondiente voucher emitido en las condiciones referidas en esta cláusula no podrá ser utilizado bajo ningún concepto, para iniciar o continuar el tratamiento y/o asistencia de problemas que ya hubieran surgido durante la vigencia del primer voucher original y/o anteriores o antes de la vigencia del nuevo plan y/o voucher, independientemente de las gestiones o tratamientos en curso hayan sido autorizados por PROTEGE TU VIAJE S.A o por terceros. Toda asistencia médica tratada durante la vigencia del primer voucher pasará automáticamente a ser considerada como preexistencia durante la vigencia del segundo voucher y por lo tanto no será asumida por PROTEGE TU VIAJE S.A.
Cuando la vigencia del voucher anterior haya finalizado, al momento de la compra o el pasajero compre en destino una nueva asistencia, el voucher será expedido con tres (3) días de carencia para cualquier gasto contemplado dentro de la tabla de beneficios. Lo anterior, únicamente tras haber recibido la agencia emisora/operadora turística y demás, autorización expresa de la Central de Servicios de Asistencia.
Definiciones
A continuación, enumeramos las definiciones de los términos usados en estas Condiciones Generales, para un mayor entendimiento de los Beneficiarios de un plan PROTEGE TU VIAJE S.A:
• Accidente: es el evento generativo de un daño corporal que sufre el Beneficiario, causado por agentes extraños, fuera de control y en movimiento, agentes externos, violentos, visibles y súbitos. Siempre que se mencione el término “accidente”, se entenderá que la lesión o dolencia resultante fue provocada directamente por tales agentes e independientemente de cualquier otra causa. Los accidentes cuyo origen es debido a descuido, provocación o la falta de medidas de prevención por parte del Beneficiario se encuentran excluidos de toda asistencia. Si el daño corporal es producido como consecuencia de causas diferentes a las anteriores mencionadas, el Beneficiario tendrá beneficio hasta el monto total de Asistencia Médica por Enfermedad del plan adquirido.
• Accidente Grave: Aquel que trae como consecuencia amputación de cualquier segmento corporal; fractura de huesos largos (fémur, tibia, peroné, húmero, radio y cúbito); trauma craneoencefálico; quemaduras de segundo y tercer grado; lesiones severas de mano, tales como, aplastamiento o quemaduras; lesiones severas de columna vertebral con compromiso de médula espinal; lesiones oculares que comprometan la agudeza o el campo visual o lesiones que comprometan la capacidad auditiva. En general todo accidente en el cual esté en riesgo la vida del paciente.
• Catástrofe: Suceso infausto que altera gravemente el orden regular de las cosas, donde se ven implicadas numerosas personas.
• Central de Servicios de Asistencia: Es la oficina que coordina la prestación de los servicios requeridos por el Beneficiario con motivo de su asistencia. Es igualmente el departamento de profesionales que presta los servicios de supervisión, control y coordinación que intervienen y deciden todos aquellos asuntos y/o prestaciones a brindarse o prestarse en virtud de las presentes condiciones generales que están relacionados con temas médicos.
• Departamento Médico: Grupo de profesionales médicos de PROTEGE TU VIAJE S.A que intervienen y toman decisión en todos los asuntos y/o prestaciones brindadas o que vayan a brindarse de conformidad con las presentes Condiciones Generales.
• Deportes Amateur: Es el practicado por aficionados, por ocio y/o actividades recreativas.
• Deportes Profesionales: Es el practicado con o sin ánimo de lucro, realizado en cualquier tipo de competencia como intercolegiados, torneos, campeonatos, deportes que supongan un alto riesgo, entre otros.
• Enfermedad o Condición Médica Aguda: Proceso corto y relativamente severo de la alteración del estado del cuerpo o alguno de sus órganos, que pudiere interrumpir o alterar el equilibrio de las funciones vitales, pudiendo provocar dolor, debilidad u otra manifestación extraña al comportamiento normal del mismo.
• Enfermedad Congénita: Patología presente o existente desde antes del momento de nacer.
• Enfermedad Crónica: Todo proceso patológico continuo, repitente y persistente en el tiempo, mayor a 30 días de duración.
• Enfermedad o Condición Médica Preexistente: Todo proceso físico patológico que reconozca un origen o una etiología anterior a la fecha de inicio de la vigencia del plan o del viaje (o la que sea posterior) y que sea factible de ser objetivado a través de métodos complementarios de diagnóstico de uso habitual, cotidiano, accesible y frecuente en todos los países del mundo (incluyendo, pero no limitado a: Doppler, resonancia nuclear, magnética, cateterismo, radiología, etc.).
Se entiende por preexistencia toda enfermedad, o estado del cuerpo, o proceso conocido o no por el Beneficiario, que haya necesitado o requerido de un periodo de formación, o de una gestación, o de una incubación dentro del organismo del Beneficiario antes de haber iniciado el viaje. Ejemplos claros y comunes de preexistencias solo para citar algunos son: los cálculos renales o biliares, las obstrucciones de arterias o venas por coágulos u otros, enfermedades respiratorias como el asma, problemas pulmonares, enfisemas, el VIH, generalmente problemas relacionados con la tensión arterial, glaucoma, cataratas, nefritis, úlceras o enfermedades gástricas, enfermedades resultantes de deformaciones congénitas, micosis genitales, abscesos hepáticos, cirrosis, azúcar en la sangre, colesterol alto, triglicéridos altos, y otras. Los mismos requieren de un periodo de formación corto o largo, pero en todos los casos superior a unas horas de vuelo, reconociendo que dicho estado o proceso patológico existía dentro del organismo antes de subirse al avión o al medio de transporte en la fecha de la entrada en vigencia del servicio de asistencia, aun cuando la sintomatología se presente por primera vez después de haber iniciado el viaje.
• Enfermedad o Condición Médica Recurrente: regreso, repetición u aparición de la misma enfermedad o condición luego de haber sido tratada.
• Enfermedad o Condición Médica Repentina o Imprevista: Enfermedad pronta, impensada, no prevista, contraída con posterioridad a la fecha de inicio de vigencia del Beneficiario del servicio de asistencia médico para viajes PROTEGE TU VIAJE S.A.
• Enfermedad Grave: Es una alteración o desviación del estado fisiológico en una o varias partes del cuerpo, manifestadas por síntomas o unos signos característicos, cuya evolución es más o menos previsible, es decir, cualquier dolencia o lesión con secuelas permanentes o no permanentes que limiten parcialmente o impidan totalmente la ocupación o actividad habitual de la persona afectada o la incapaciten para cualquier actividad y requiera o no la asistencia de otras personas para las actividades más esenciales de la vida.
• Fuerza Mayor: La que, por no poderse prever o resistir, exime del cumplimiento de alguna obligación y/o que procede de la voluntad de un tercero.
• Gastos de Primera Necesidad: Gastos realizados por la compra de elementos de uso personal e intransferible. Se entienden por estos, única y exclusivamente: ropaje (ropa exterior, ropa interior), zapatos, elementos de aseo personal (shampoo, acondicionador, jabón-líquido, en barra, en polvo-, cepillo de dientes, pasta de dientes, desodorante, crema de afeitar, máquina de afeitar, productos de higiene femenina y maquillaje).
Cualquier otro elemento no considerado dentro del listado anteriormente indicado, se entenderá como excluido de cualquier tipo de beneficio.
• Médico Tratante: Profesional médico provisto o autorizado por la Central de Servicios de Asistencia de PROTEGE TU VIAJE S.A que asiste al Beneficiario en el lugar donde se encuentra este último.
• Paciente Estable: que no presenta variación de su estado de salud y suele hacer referencia a que los síntomas y signos no han cambiado recientemente.
• Plan o Producto de Asistencia: Es el conjunto detallado de los servicios de asistencia en viaje ofrecidos, indicando una enumeración taxativa de las mismas y sus límites monetarios, cuantitativos, geográficos y de edad del Beneficiario.
• Plazo o Período de Carencia: Intervalo de tiempo durante el cual no son efectivos los beneficios incluidas dentro del Plan. Dicho plazo se computa por días contados desde la fecha de inicio de vigencia del voucher, siempre que el Beneficiario ya se encuentre fuera del lugar de residencia habitual al momento de contratación.
• Topes Máximos: Montos máximos de beneficio por parte de PROTEGE TU VIAJE S.A indicados en el voucher para cada prestación y según el producto de asistencia contratado.
• Voucher: Es el documento que usted recibe al momento de la compra de su producto PROTEGE TU VIAJE S.A y que lleva sus datos para ser informados a la central en caso de solicitar asistencia.
• Emergencia Médica: Situación clínica de aparición súbita e imprevista que pone en riesgo inminente la vida del Beneficiario, causa dolor agudo incapacitante, o compromete la función de un órgano o sistema vital, requiriendo atención médica inmediata que no puede ser diferida sin peligro para la salud o la vida del Beneficiario. No se consideran emergencias médicas las consultas de rutina, los controles periódicos, las molestias menores que no comprometan funciones vitales, ni las condiciones que puedan esperar razonablemente al regreso del Beneficiario a su país de residencia.
• Urgencia Médica: Situación clínica de aparición súbita que, sin poner en riesgo inminente la vida del Beneficiario, requiere atención médica dentro de las siguientes 24 horas para evitar complicaciones, agravamiento o secuelas. Incluye, entre otros: dolor agudo que no cede con analgésicos convencionales, fiebre superior a 39°C, infecciones que requieren tratamiento inmediato, y fracturas simples.
• Médicamente Necesario: Tratamiento o servicio médico que se requiere para la enfermedad, lesión o condición del Beneficiario, acorde con sus síntomas, que pueda brindarse de manera segura y que cumpla con los estándares de buenas prácticas médicas. El tratamiento no debe ser requerido por el mero interés del Beneficiario, del proveedor del tratamiento o de un tercero, sino por necesidad clínica objetiva determinada por el Departamento Médico de PROTEGE TU VIAJE S.A. o por el Médico Tratante autorizado por la Central de Servicios de Asistencia.
• Costos Razonables y Habituales: El monto que generalmente se cobra por un servicio médico específico en el área geográfica donde se presta la atención. Los cargos deben ser apropiados a la complejidad del servicio, la disponibilidad de recursos y los costos que proveedores con debida capacitación y licencia cobran habitualmente en la misma zona por servicios equivalentes. PROTEGE TU VIAJE S.A. se reserva el derecho de limitar su prestación a los costos razonables y habituales del área geográfica correspondiente.
• Red de Proveedores Preferente: Conjunto de centros de salud, clínicas, hospitales, laboratorios, servicios de telemedicina y profesionales médicos autorizados por PROTEGE TU VIAJE S.A. para la prestación de servicios de asistencia al Beneficiario.
II. BENEFICIARIO/EDAD LÍMITE
El Beneficiario es la persona natural cuyo nombre aparece reflejado en el plan de asistencia y es la única beneficiaria de todas las coberturas hasta el día aniversario, inclusive, de su edad límite según el tipo de Plan adquirido, fecha a partir de la cual el Beneficiario pierde todo derecho a los beneficios y a todas las prestaciones de asistencia definidas en estas Condiciones Generales, así como derecho a cualquier reembolso o reclamo alguno originado en eventos posteriores a tal día.
Las prestaciones o beneficios del Plan respectivo los podrá recibir exclusivamente el Beneficiario y son intransferibles, por lo cual el mismo deberá comprobar y demostrar su identidad, presentar el voucher carta o voucher correspondiente y documentos de viajes para determinar la vigencia y aplicabilidad de las prestaciones o beneficios solicitados.
El Beneficiario podrá hacer uso de los servicios contratados hasta las cero 00:00 horas del día de su aniversario según el plan contratado. A partir de esa fecha el Beneficiario pierde todo derecho a los beneficios en cuanto a las prestaciones de Asistencia definidas en estas Condiciones Generales, así como el derecho a reembolso o reclamo alguno originado en eventos posteriores a tal día. A manera de ejemplo, se considera que una persona tiene 84 años hasta el día anterior a cumplir los 85 años.
III. VIGENCIA / VALIDEZ
Es el lapso de tiempo en el que pueden ser obtenidos los beneficios indicados en los planes de un servicio de asistencia médica PROTEGE TU VIAJE S.A, incluyendo éste, es el que transcurre desde las cero horas del día de comienzo de validez de dicho plan, estando el pasajero en territorio extranjero, hasta las 24 (23.59) horas del día del fin de dicha validez ambas fechas reflejadas en el voucher adquirido por el Beneficiario. La finalización de la vigencia, implicará el cese automático de todos los beneficios, prestaciones, o servicios en curso o no, incluyendo aquellos casos o tratamientos iniciados al momento o antes del término de la vigencia.
Los planes en la categoría “Viajes Cortos”, tendrán una vigencia máxima de 90 días consecutivos de viaje, mientras que los planes “Larga Estadía”, tendrán una vigencia total de 365 días consecutivos de beneficio. Pasados estos períodos, el Beneficiario perderá todo beneficio de los servicios de asistencia contratados mientras esté en ese viaje.
Nota: los planes “Estudiantiles” sólo podrán ser adquiridos por personas que actualmente estén estudiando o que vayan a cursar algún estudio, por ello se solicitará un certificado o carnet de escolaridad estudiantil o de aceptación a una institución educativa a la hora de solicitar asistencia.
Los planes de asistencia “Anuales Multiviajes” tienen una vigencia de 365 días en total, sin embargo, el Beneficiario no podrá permanecer en cada viaje, según lo indicado en el plan de asistencia del producto que haya adquirido, más de 30, 45, 60 o 90 días en el exterior por cada viaje que realice dentro de su vigencia. La Central de Servicios de Asistencias de PROTEGE TU VIAJE S.A le pedirá al momento de atenderlo la copia de su pasaporte por fax o e-mail, demostrando la fecha de salida de su país de residencia habitual o la fecha de entrada al país desde donde solicita asistencia.
Los planes PROTEGE TU VIAJE S.A operan bajo la modalidad de días corridos, por lo tanto, una vez iniciada la vigencia de un plan, no es posible interrumpir la misma, los periodos de días no utilizados en los voucher no son reembolsables. Una vez interrumpida la vigencia de un plan, éste caduca y no puede reactivarse posteriormente.
El propósito del viaje tendrá que ser turístico y en ningún momento podrá garantizar a personas que ejerzan una actividad profesional en el exterior. Si el motivo del viaje del Beneficiario fuese la ejecución de trabajos o tareas que involucren un riesgo profesional, por realizar tareas de alta especialización en donde se exponga la vida, se esté expuesto a sustancias peligrosas, al manejo de maquinarias pesadas o que funcionen con gases, presión de aire o fluidos hidroneumáticos, que requieran habilidades físicas especiales, o donde se vea expuesto a peligro y como consecuencia de ello sufra un accidente o una enfermedad consecuencial, PROTEGE TU VIAJE S.A quedará eximido de toda responsabilidad de prestar sus servicios o asumir costos que se deriven de tales circunstancias, y en estos casos será obligación patronal de asumirlos a través de su plan de responsabilidad de riesgos profesionales. Esta normatividad aplica igualmente a aquellas personas que no estén ligadas laboralmente con una empresa y que actúan por su cuenta como trabajadores independientes o en situación migratoria o laboral ilegal.
En casos en que el beneficiario se encuentre hospitalizado por una enfermedad y/o accidente cubierto por PROTEGE TU VIAJE S.A en la fecha de terminación del período de beneficio, se cubrirán únicamente los gastos por hospitalización dentro del beneficio de gastos médicos por enfermedad y/o accidente según corresponda entendiéndose de la siguiente manera:
1. Hasta ocho (8) días adicionales contados desde el día de finalización de vigencia del voucher.
2. Hasta que se haya agotado el beneficio contratado.
3. Hasta que el médico firme el alta del Beneficiario en el transcurso de los ocho (8) días de ampliación de beneficio.
Toda asistencia o tratamiento cesará y no será responsabilidad de PROTEGE TU VIAJE S.A una vez que el Beneficiario regrese a su lugar de residencia o expire el período de validez del plan elegido salvo excepciones anteriormente mencionadas.
Toda asistencia o tratamiento cesará y no será responsabilidad de PROTEGE TU VIAJE S.A una vez que el beneficiario regrese a su lugar de residencia o cuando expire el período de validez del plan elegido. La adquisición por parte del Beneficiario de uno o más vouchers o servicios no produce acumulación, combinación ni sumatoria de beneficios, coberturas, topes, sublímites, días de vigencia, upgrades ni prestaciones. En todos esos casos, únicamente podrán aplicarse los límites y topes establecidos en el voucher o servicio que primero haya sido emitido, quedando expresamente excluida la aplicación concurrente, complementaria o supletoria de beneficios previstos en vouchers o servicios posteriores.
Por otra parte, una vez iniciada la vigencia del voucher, el beneficiario:
No podrá hacer cambios ni ampliación del producto de asistencia contratado. Tampoco se procederá a la cancelación del voucher por ninguna razón, ni bajo ninguna circunstancia. Sin perjuicio de lo anterior, cuando el beneficiario prolongue su viaje en forma imprevista, podrá solicitar la emisión de un nuevo voucher. PROTEGE TU VIAJE S.A se reserva el derecho de aceptar o negar esta renovación sin dar más explicaciones rigiéndose bajo las siguientes condiciones:
El beneficiario no tendrá derecho de renovar el voucher si ha usado anteriormente los servicios de asistencia durante la vigencia de su primer voucher.
El beneficiario deberá solicitar la emisión de un nuevo voucher exclusivamente al agente emisor con el cual contrató la asistencia original, indicando la cantidad de días que desea contratar.
El agente emisor está obligado a informar a PROTEGE TU VIAJE S.A que se trata de una extensión y solicitará la autorización para el nuevo período de contratación en forma previa a la emisión.
La solicitud de emisión de un nuevo voucher deberá efectuarse antes de la finalización de la vigencia del voucher original.
El beneficiario recibirá el nuevo voucher que se emitirá y entregará en el mismo acto.
En caso que la solicitud se realice ya habiendo finalizado la vigencia del voucher inicial, la extensión en caso de ser aprobada, será expedida con 3 (tres) días de carencia. (Ver “CARENCIA” en la cláusula Definiciones). e. La solicitud de extensión puede ser negada sin causas ni motivos expresos.
El nuevo plan de su servicio de asistencia médica en viajes y su correspondiente voucher emitido en las condiciones referidas en esta cláusula no podrá ser utilizado bajo ningún concepto, para iniciar o continuar el tratamiento y/o asistencia de problemas que ya hubieran surgido durante la vigencia del primer voucher original y/o anteriores o antes de la vigencia del nuevo plan y/o voucher, independientemente de las gestiones o tratamientos en curso hayan sido autorizados por PROTEGE TU VIAJE S.A o por terceros.
Toda asistencia médica tratada en la primera tarjeta pasará automáticamente a ser considerada como preexistencia durante la vigencia de la segunda tarjeta y por lo tanto no será asumida por PROTEGE TU VIAJE S.A.
IV. VALIDEZ GEOGRÁFICA
El beneficio de cobertura geográfica será de carácter Mundial o exclusivamente para Europa, dependiendo del voucher comprado. Independientemente de donde se encuentre el Beneficiario, se le dará cobertura en caso de requerir asistencia de acuerdo al respectivo plan adquirido. Se excluye en todo caso el país de residencia habitual del Beneficiario o país donde se emitió el Plan de Asistencia.
Se excluye en todo caso el país de residencia habitual del Beneficiario o país donde se emitió el Plan de Asistencia.
V. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR ASISTENCIA/CENTRALES DE ASISTENCIAS
De necesitar asistencia, e independientemente de su situación geográfica en estricta concordancia con el resto de las cláusulas de este condicionado general, el Beneficiario contactará a la Central de Servicios de Asistencia PROTEGE TU VIAJE S.A. Para poder comunicarse con dicha central por vía telefónica, el Beneficiario debe solicitar la llamada por cobrar o llamar directamente a la Central de Servicios de Asistencia en los números habilitados por los países indicados.
En caso tal de existir cobro por llamar a la Central de Servicios de Asistencia, PROTEGE TU VIAJE S.A le reembolsará al Beneficiario el costo de la llamada; para ello solicitamos guardar el comprobante o factura por el pago de dicha llamada, donde esté reflejado el cobro a alguno de los números indicados abajo.
Es obligación del Beneficiario siempre llamar y reportar la emergencia. En los casos en que el Beneficiario no pueda hacerlo personalmente deberá y podrá hacerlo cualquier acompañante, amigo o familiar pero siempre la llamada o aviso deberá hacerse a más tardar dentro de las 24 horas de haber sucedido la emergencia. Para los casos en que el beneficiario se encuentre en altamar, y por ende impedido de comunicarse con la Central de Asistencias, deberá informar el hecho médico hasta 24 horas después de desembarcar en el primer puerto al que arribe. El no cumplimiento de esta norma acarrea la pérdida automática de cualquier derecho de reclamo de parte del beneficiario.
Número de teléfonos:
* Argentina: +5411 52738173
* Bolivia: +591 50701249
* Brasil: +55 11 4210 5190
* Canadá: +1 (833) 2223287
* Chile: +56 2 3210 3154
* Colombia: +57 601 5800984
* Ecuador: +593 (1800) 001516
* El Salvador: +503 (213) 68769
* España: +34 900 670398
* Estados Unidos: +1 914 826 8771
* Guatemala: +502 (2) 3141396
* México: +52 55 8526 4044
* Panamá: +507 833 7978
* Paraguay: +595 (21) 2380238
* Perú: +51 1 644 9164
* República Dominicana: +1 829 946 6384
* Uruguay: +598 4 135983937
* Venezuela: +58 800 2227771
Whatsapp: +34 651 34 86 95
Email: [email protected]
Desde cualquier otro país puedes marcar bajo cobro revertido al +1 914 826 8771.
Desde cualquier país de Europa: +34 900 670398
La evaluación médica del Beneficiario podrá realizarse por videoconsulta o consulta telefónica a través del servicio de telemedicina designado por PROTEGE TU VIAJE S.A. La atención por telemedicina tendrá el alcance clínico y legal permitido por la normativa aplicable en la jurisdicción donde se preste, y podrá utilizarse para orientación médica, triaje, evaluación inicial, seguimiento y, cuando la normativa lo permita, emisión de indicaciones o prescripciones. La derivación a atención presencial procederá cuando el profesional médico lo determine necesario.
VI. OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO
En todos los casos, para la obtención de los servicios el Beneficiario debe:
1. Solicitar y obtener la autorización de la Central de Servicios de Asistencia antes de tomar cualquier iniciativa o comprometer cualquier gasto en relación a los beneficios otorgados por el plan del voucher de asistencia. En los casos donde no se haya solicitado la autorización a la central ni se haya obtenido la autorización, no procederán reembolsos algunos, ni darán derechos a reclamos.
2. Queda claramente entendido que la notificación a la central resulta imprescindible, aun cuando el problema suscitado se encuentre totalmente resuelto, ya que PROTEGE TU VIAJE S.A no podrá tomar a su cargo el costo de ninguna asistencia sin el previo conocimiento y autorización de la Central de Servicios de Asistencia.
3. El Beneficiario acepta que PROTEGE TU VIAJE S.A se reserva el derecho de grabar y auditar las conversaciones telefónicas que estime necesarias para el buen desarrollo de la prestación de sus servicios. El Beneficiario acepta expresamente la modalidad indicada y manifiesta su conformidad por la eventual utilización de los registros como medio de prueba en caso de existencia de controversias respecto a la asistencia prestada.
4. Si el Beneficiario o una tercera persona no pudiera comunicarse por una circunstancia o razón involuntaria con la Central de Servicios de Asistencia antes de ser asistido, el Beneficiario o una tercera persona, con la obligación ineludible, deberá informar a más tardar dentro de las 24 horas de producido el evento. En situaciones de hospitalización, cualquier gasto incurrido que no esté debidamente justificado o que podría haberse evitado después de las primeras veinticuatro (24) horas sin notificación, quedará excluido de las prestaciones del plan. Para eventos no hospitalarios, la notificación podrá realizarse dentro de los cuatro (4) días calendario siguientes al evento. El incumplimiento de este plazo acarrea la pérdida de los derechos del Beneficiario a reclamar
5. Aceptar y acatar las soluciones indicadas y recomendadas por la Central de Servicios de Asistencia y llegado el caso, consentir con la repatriación a su país de origen cuando, según opinión médica, su estado sanitario lo permita y lo requiera.
6. Proveer la documentación que permita confirmar la procedencia del caso, así como todos los comprobantes originales de gastos a ser evaluados para su eventual reembolso por PROTEGE TU VIAJE S.A y toda la información médica (incluyendo la anterior al inicio del viaje), que permita a la central la evaluación del caso.
7. En todos aquellos casos en que PROTEGE TU VIAJE S.A lo requiera, el Beneficiario deberá otorgar las autorizaciones para revelar su historia clínica completando el Record Release Form que el centro médico solicitará firmar y devolverá por fax a la Central de Servicios de Asistencia.
Asimismo, el Beneficiario autoriza en forma absoluta e irrevocable a PROTEGE TU VIAJE S.A a requerir en su nombre cualquier información médica a los profesionales tanto del exterior como del país de su residencia, con el objetivo de poder evaluar y eventualmente decidir sobre la aplicabilidad de las restricciones en casos de enfermedades o condiciones preexistentes o de la afección que haya dado origen a su asistencia. Recomendamos en forma especial a los Beneficiarios diligenciar siempre el Formulario cuando se registren en un centro hospitalario, eso será de gran ayuda en los casos de reembolsos y/o en la toma de decisiones sobre determinados casos que requieran del estudio del historial médico del paciente.
Nota: En algunos países y principalmente en los Estados Unidos de Norteamérica y Europa, debido a razones de estandarización informática la mayoría de los centros médicos asistenciales tales como hospitales, consultorios, clínicas, laboratorios suelen enviar facturas y/o reclamos de pago a los pacientes atendidos, inclusive aún después de que las cuentas o facturas haya sido pagadas y saldadas. En caso de que ello ocurra, el Beneficiario deberá contactar la oficina de la Central de Servicios de Asistencias marcando los números proporcionados anteriormente o escribiendo a [email protected] y notificar esta situación. La Central se encargará de aclarar dicha situación con el proveedor.
8. El Beneficiario deberá proporcionar a PROTEGE TU VIAJE S.A., de manera veraz, completa y oportuna, toda la información médica, clínica, administrativa y de viaje que resulte necesaria o relevante para verificar su identidad, evaluar la procedencia del caso, determinar el alcance, costo o modalidad de la asistencia, coordinar la atención, procesar eventuales reembolsos y aplicar las restricciones, exclusiones o limitaciones previstas en estas Condiciones Generales.
9. La omisión, reticencia, inexactitud o falsedad de información que resulte relevante para determinar la procedencia, alcance, costo o modalidad de la asistencia facultará a PROTEGE TU VIAJE S.A. a rechazar, suspender o limitar la prestación o el reembolso correspondiente.
VII. OBLIGACIONES ASUMIDAS POR PROTEGE TU VIAJE S.A
1. Cumplir las prestaciones y beneficios descritos en las Condiciones Generales de eventos cubiertos en el plan contratado durante la vigencia del voucher.
2. PROTEGE TU VIAJE S.A queda expresamente liberada, exenta y excusada de cualquiera de sus obligaciones y responsabilidades en caso de que el Beneficiario sufra algún daño o solicite asistencia a consecuencia y/o derivada de caso fortuito o de fuerza mayor, la cuales se citan a título de ejemplo y no taxativamente: catástrofes, sismos, inundaciones, tempestades, guerra internacional o guerra civil declaradas o no, rebeliones, conmoción interior, insurrección civil, actos de guerrilla o anti guerrilla, hostilidades, represalias, conflictos, embargos, apremios, huelgas, movimientos populares, lockout, actos de sabotaje o terrorismo, disturbios laborales, actos de autoridades gubernamentales, etc.; así como problemas y/o demoras que resulten por la terminación, interrupción o suspensión de los servicios de comunicación. Cuando elementos de esta índole interviniesen y una vez superados los mismos, PROTEGE TU VIAJE S.A se compromete a ejecutar sus compromisos y obligaciones dentro del menor plazo posible.
3. PROTEGE TU VIAJE S.A se obliga a analizar cada solicitud de reembolso para determinar si es procedente y en consecuencia reintegrar los montos que correspondieren de acuerdo a las presentes condiciones generales y montos de beneficio del Plan contratado. Todas las compensaciones y/o reintegros y/o demás gastos que vayan a asumirse por PROTEGE TU VIAJE S.A, en el marco del presente contrato, podrán ser abonados en moneda local.
Los tiempos establecidos para el procesamiento de un reembolso son:
a. El Beneficiario tiene hasta treinta (30) días continuos a partir del día finalización de la vigencia del voucher para presentar la documentación y respaldos necesarios para iniciar el proceso de reembolso. Después de ese plazo, no se aceptarán documentos para tramitar ningún reembolso.
b. Una vez recibidos los documentos, PROTEGE TU VIAJE S.A tiene hasta cinco (5) días continuos para solicitar cualquier documento faltante que no haya sido entregado por el Beneficiario.
c. Con todos los documentos necesarios en mano, PROTEGE TU VIAJE S.A procederá durante los siguientes cinco (5) días hábiles a analizar el caso y emitir la carta de aprobación o negación de dicho reembolso.
d. Siendo procedente el reembolso, PROTEGE TU VIAJE S.A procederá a efectuar el pago en (diez) 10 días hábiles, posteriores a la fecha de recepción de los datos completos vía escrita para la realización de la transferencia.
Nota: Los reembolsos pagados directamente por PROTEGE TU VIAJE S.A pueden hacerse a través de transferencia bancaria, giro postal o cheque. PROTEGE TU VIAJE S.A asumirá los gastos generados por la agencia de giro postal, el envío del cheque, así como los cobros directos de su entidad bancaria; cargos adicionales realizados por el banco del Beneficiario serán cubiertos por el mismo.
VIII. MONEDA DE ALCANCES Y SERVICIOS
Los beneficios ofrecidos por PROTEGE TU VIAJE S.A se detallan en el punto IX. y sus límites de beneficios máximos están reflejados en el voucher contratado expresados en dólares americanos (USD) o euros (EUR), dependiendo del plan elegido y de su cobertura geográfica.
IX. DEFINICIÓN DE LOS BENEFICIOS
Algunos beneficios se encuentran incluidos solo en algunos productos PROTEGE TU VIAJE S.A Verifique en su voucher los beneficios y topes contratados. Si en su voucher no figura algún ítem, es porque el producto por usted elegido no dispone de este servicio.
Designación de Proveedor de Salud
PROTEGE TU VIAJE S.A. designará el centro de salud y/o profesional médico para la atención del Beneficiario, considerando las exigencias de orden médico y la disponibilidad en la ubicación donde se encuentre el Beneficiario.
Los servicios médicos, hospitalarios, de diagnóstico o de cualquier otra naturaleza que no hayan sido previamente autorizados por la Central de Servicios de Asistencia de PROTEGE TU VIAJE S.A. no generarán obligación de cobertura, pago directo ni reembolso, salvo en casos de emergencia médica donde el Beneficiario acredite la imposibilidad de contactar a la Central antes de recibir la atención.
En el supuesto excepcional de emergencia médica sin contacto previo con la Central, PROTEGE TU VIAJE S.A. evaluará el caso y, de ser procedente, cubrirá los gastos hasta el monto que habría incurrido de haber organizado la atención a través de su Red de Proveedores Preferente, dentro de los topes del plan contratado.
Asistencia médica por accidente o enfermedad (COVID-19 incluido)
En caso de enfermedad o accidente, sobrevenidos con posterioridad al inicio del viaje, PROTEGE TU VIAJE S.A , tan pronto sea avisada, coordinará los contactos necesarios con su departamento médico para tomar las medidas conducentes a brindar los servicios asistenciales necesarios. La atención se brindará de acuerdo con las circunstancias y disponibilidad de recursos de cada lugar.
• Consultas Médicas: Se prestarán en caso de accidente y enfermedad o condición médica aguda e imprevista no preexistente.
• Atención por Especialistas: Se prestará únicamente cuando sea indicada y autorizada por el Departamento Médico de la Central de Servicios de Asistencia de PROTEGE TU VIAJE S.A o por el médico tratante de la central.
• Exámenes Médicos Complementarios: Únicamente cuando sean indicados y previamente autorizados por el Departamento Médico de la Central de Servicios de Asistencia.
• Internaciones: De acuerdo a la naturaleza de la lesión o enfermedad, y siempre que el Departamento Médico de la Central de Servicios de Asistencia de PROTEGE TU VIAJE S.A así lo prescriba, se procederá a la internación del Beneficiario en el centro sanitario más próximo al lugar donde éste se encuentre. Este ítem aplicará únicamente al Beneficiario del plan de asistencia, y bajo ningún motivo se cubrirá cama y/o alimentación en el hospital o clínica para una persona acompañante.
• Intervenciones Quirúrgicas: Cuando sean autorizadas por el Departamento Médico de la Central de Servicios de Asistencia, en los casos de emergencia que requieran en forma inmediata tratamiento, y que no puedan ser diferidas o postergadas hasta el retorno del Beneficiario a su país de origen.
• Terapia Intensiva y Unidad Coronaria: Cuando la naturaleza de la enfermedad o lesión así lo requiera, y siempre con la previa autorización del Departamento Médico de la Central de Servicios de Asistencia se autorizará este servicio.
Nota 1: La Central de Servicios de Asistencia se reserva el derecho de decidir el más adecuado de entre los tratamientos propuestos por el cuerpo médico y/o la repatriación al país de residencia si su condición física lo permitiere. Si a juicio de los médicos tratantes de la Central de Servicios de Asistencia fuese posible el regreso al lugar de origen para recibir en él tratamiento de larga duración, cirugía programable o cirugías no urgentes, se procederá a la repatriación del Beneficiario, quien está obligado a aceptar tal solución, perdiendo en caso de rechazo todos los beneficios otorgados por su plan PROTEGE TU VIAJE S.A.
Las enfermedades epidémicas y pandémicas, incluido COVID-19, se cubren dentro de la presente cobertura de asistencia médica por enfermedad, hasta los topes del plan contratado, sujeto a lo dispuesto en la Sección XI de estas Condiciones Generales.
Cuando el Departamento Médico de PROTEGE TU VIAJE S.A., en acuerdo con el Médico Tratante, recomiende la repatriación sanitaria del Beneficiario, se aplicarán las siguientes condiciones:
a) El Beneficiario dispondrá de un plazo máximo de veinticuatro (24) horas, contadas desde la notificación formal de la recomendación de repatriación, para aceptar o rechazar el traslado.
b) La notificación podrá realizarse por cualquier medio verificable: llamada telefónica (grabada), mensaje de WhatsApp, correo electrónico u otro canal de comunicación previamente utilizado con el Beneficiario.
c) Si el Beneficiario rechaza expresamente la repatriación, o si transcurren las veinticuatro (24) horas sin respuesta, se suspenderán automáticamente todas las prestaciones y beneficios del plan, incluyendo los gastos de hospitalización, tratamiento y medicamentos que se generen a partir de ese momento. Esta suspensión será definitiva para el caso en curso.
d) Del mismo modo, si el Beneficiario no proporciona la documentación requerida para la coordinación del traslado (incluyendo, entre otros, informe médico y copia del documento de identidad), o si no responde a los intentos de contacto por parte de la Central de Servicios de Asistencia dentro del plazo de veinticuatro (24) horas, se procederá a la suspensión automática de todas las prestaciones conforme al literal anterior.
e) Los costos incurridos entre la notificación de la recomendación de repatriación y el vencimiento del plazo de 24 horas serán asumidos por PROTEGE TU VIAJE S.A. dentro de los topes del plan contratado. Los costos posteriores al vencimiento del plazo sin aceptación serán responsabilidad exclusiva del Beneficiario.
Asistencia médica por COVID-19
El Beneficiario deberá siempre y sin excepción entrar en contacto con la Central de Emergencias, quienes a su vez coordinarán una cita virtual por Telemedicina y, de acuerdo al dictamen brindado por el Departamento Médico, si el Beneficiario presenta sintomatología relacionada al COVID-19, la Central de Asistencias coordinará la consulta médica pertinente, de acuerdo a los protocolos de seguridad y salud de cada país, cubriendo los gastos incurridos hasta el tope de beneficio indicado en el voucher. Los siguientes gastos estarán cubiertos bajo el mismo tope:
• Gastos Hospitalarios por COVID-19: En caso de requerir internación hospitalaria para estabilizar la condición del Beneficiario.
• Gastos de respirador mecánico: Si el Departamento Médico, en conjunto con el médico tratante, considera necesario el uso de un respirador mecánico, la Central autorizará y cubrirá dicho gasto.
ESTE BENEFICIO NO OPERARÁ A MANERA DE REEMBOLSO.
Aclaración protocolo emisiones COVID-19.
Es importante indicar, que según la fecha de emisión del voucher, el protocolo de emisiones Covid 19 operaría de las siguientes formas:
Nota 1: El beneficio para gastos médicos por COVID-19, aplicará en todos los planes desde 0 hasta 99 años, y cubrirá hasta el tope máximo contratado por enfermedad.
Asistencia médica por enfermedad preexistente.
El Beneficiario está obligado a proporcionar información veraz y completa sobre su estado de salud, historial médico y condiciones preexistentes al momento de solicitar asistencia a la Central de Servicios de Asistencia. La omisión, falsedad o inexactitud deliberada en la información proporcionada liberará a PROTEGE TU VIAJE S.A. de toda obligación de cobertura respecto al caso en cuestión.
PROTEGE TU VIAJE S.A. podrá requerir al Beneficiario documentación médica de su país de origen para evaluar la procedencia de las prestaciones. La primera asistencia médica de estabilización podrá autorizarse sin que ello implique la aceptación definitiva de cobertura del caso.
En aquellos casos en que el Beneficiario contrate específicamente el beneficio para emergencias sufridas por una condición preexistente y/o crónica, se cubrirá hasta el monto que se especifique claramente en su voucher. El beneficio proporcionado para enfermedades crónicas y/o preexistentes contempla las siguientes eventualidades:
Episodio agudo o evento no predecible, descompensación de enfermedades crónicas y/o preexistentes conocidas o previamente asintomáticas. Este beneficio se proporciona exclusivamente para la atención médica primaria en el episodio agudo, o caso no predecible, la emergencia debe requerir la asistencia durante el viaje y no puede aplazarse hasta el retorno al país de residencia, la Central de Asistencias se reserva el derecho de decidir el tratamiento más adecuado de entre los propuestos por el personal médico y/o la repatriación a su país de residencia. La repatriación será una solución en los casos en los que los tratamientos requiere evolución a largo término, cirugías programadas o cirugías no urgentes, el beneficiario está obligado a aceptar esta solución, perdiendo en caso de rechazo de la solución de todos los beneficios que ofrece el plan de asistencia.
Se excluye de este beneficio el inicio o la continuación de tratamientos, procedimientos diagnósticos, de investigación, o conducta diagnóstica y terapéutica, que no están relacionados con el episodio agudo e impredecible.
Se excluye de este beneficio todas las enfermedades relacionadas con la transmisión sexual, incluyendo, pero no limitando a la sífilis, la gonorrea, el herpes genital, la clamidia, el virus del papiloma humano trichomonas vaginalis, tricomoniasis, virus de la inmunodeficiencia humana (VIH), el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA), entre otros.
No se trata en cualquiera de nuestros planes, procedimientos de diálisis, trasplantes, tratamiento de oncología ni tratamiento psiquiátrico, audífonos, anteojos, lentes de contacto, puentes dentales, marcapasos, desfibriladores implantables, respiradores externos, dispositivos implantables, equipo desechable específico, etc. Enfermedades causadas por la ingestión de drogas, estupefacientes, medicamentos que se toman de forma no fiable sin receta, alcoholismo, etc.
Las lesiones sufridas durante un acto ilícito, no están bajo nuestro beneficio de cobertura.
Obligaciones del beneficiario:
1. El Beneficiario deberá seguir todas las instrucciones médicas dadas por el médico tratante asignado por PROTEGE TU VIAJE S.A y tomar todos los medicamentos de la forma prescrita y según se requiera.
2. Si el Beneficiario interesado en la contratación de un plan que incluya beneficio de asistencia de emergencia para condiciones pre-existente, sufren alguna(s) de las siguientes condiciones: cualquier tipo de cáncer, enfermedades del corazón, enfermedad pulmonar crónica y/o enfermedad hepática crónica, el beneficiario debe consultar a su médico personal en su país de origen antes de iniciar el viaje y obtener confirmación por escrito que está en condiciones de viajar por todos los días previstos, el destino deseado y puede hacer sin inconvenientes todas las actividades programadas.
3. El beneficiario no podrá iniciar el viaje después de recibir un diagnóstico terminal.
4. Para poder acceder a este beneficio el beneficiario deberá haber estado estable por más de 12 meses.
En caso de que se determine que la razón del viaje fue el tratamiento en el extranjero para una condición crónica o preexistente, la Central de Asistencias negará el beneficio.
FelizDemora
FelizDemora es un servicio exclusivo de PROTEGE TU VIAJE S.A, único en Latinoamérica, que permite al Beneficiario monitorear en tiempo real los vuelos registrados en la plataforma. Para acceder a los beneficios de FelizDemora, el Beneficiario debe registrarse en el Área de Clientes con al menos 24 horas de antelación a su vuelo, proporcionando los detalles de su itinerario de vuelos. La compensación se activará después de 6 horas de retraso. Este registro es esencial para optar al beneficio en caso de demora o cancelación de vuelo.
Montos de compensación según el plan de asistencia:
Plan Pequeño: $100 USD
Plan Básico: $150 USD
Plan Completo: $200 USD
Plan Súper: $200 USD
Plan Súper Plus: $200 USD
Plan Senior Exclusive: $100 USD
Planes Múltiples Viajes: $200 USD
Nota 1: PROTEGE TU VIAJE S.A no interviene en los resultados del seguimiento automático de vuelos. Las compensaciones por demoras se determinan con base en los resultados obtenidos.
Nota 2: PROTEGE TU VIAJE S.A se compromete a efectuar compensaciones por demoras o cancelaciones de vuelo de acuerdo al plan contratado, a través de transferencia bancaria. El monto de la compensación se determinará según el certificado de asistencia correspondiente al plan seleccionado, independientemente del número de pasajeros afectados.
Nota 3: No se otorgará el beneficio en caso de ciberataques, guerra, conflictos bélicos, causas de fuerza mayor (como desastres naturales, pandemias, cierre de espacios aéreos o restricciones gubernamentales) o incumplimiento del contrato entre el beneficiario y la aerolínea.
Medicamentos recetados
En los límites de los beneficios, PROTEGE TU VIAJE S.A se hará cargo de los gastos de los medicamentos recetados por el Médico Tratante de la Central de Servicios de Asistencia hasta los montos establecidos en los topes de beneficios del plan contratado. Los desembolsos realizados por el Beneficiario para la compra de medicamentos previamente autorizados por la Central de Servicios de Asistencia serán reintegrados, dentro de los límites de beneficio y una vez retornado al país de origen, y contra la previa presentación de los comprobantes originales de compra, de la copia original del dictamen o informe médico en donde indique claramente el diagnóstico recibido y la fórmula o receta médica. Recomendamos a los Beneficiarios no olvidar solicitar estos documentos al médico tratante, la no presentación de estos documentos puede resultar en el no reembolso de los gastos.
Se deja constancia y se informa que los gastos de medicamentos por concepto de enfermedades preexistentes no serán asumidos por PROTEGE TU VIAJE S.A, así hayan sido diagnosticados por el Médico Tratante de la Central de la Central de Servicios de Asistencia. Se encuentran también excluidos los medicamentos para tratamiento de enfermedades mentales o psíquicas o emocionales, aun en los casos en que la consulta médica haya sido autorizada por el Departamento Médico de PROTEGE TU VIAJE S.A.
Tampoco se cubrirán bajo ningún motivo las pastillas anticonceptivas, inyecciones anticonceptivas, dispositivos intrauterinos o cualquier otro método de planificación familiar, así hayan sido diagnosticados por el Médico Tratante de la Central de la Central de Servicios de Asistencia.
Nota: Las prescripciones médicas destinadas a la recuperación inicial de los síntomas sólo serán autorizadas por los primeros 30 días de tratamiento.
Los gastos de medicamentos se deducirán del tope general de asistencia médica del plan contratado. Cuando exista un medicamento genérico o equivalente terapéutico disponible para el tratamiento prescrito, PROTEGE TU VIAJE S.A. cubrirá únicamente el costo del medicamento genérico o equivalente, salvo que el Médico Tratante justifique por escrito la necesidad clínica del medicamento de marca.
PROTEGE TU VIAJE S.A. no tomará a su cargo gastos médicos o farmacéuticos cuyo monto total sea inferior a USD $9 (nueve dólares americanos) o su equivalente en moneda local. Los gastos por debajo de este monto serán responsabilidad del Beneficiario.
Orientación Psicológica
Teléfono de apoyo psicológico para Beneficiarios que, a causa de repatriación sanitaria, fallecimiento de un familiar o catástrofe natural hayan sido afectados durante su viaje. Este servicio se presta como apoyo psicológico en momentos que pueden generar fuerte tensión emocional, en ningún caso podrá sustituir la atención directa del Psicólogo o Psiquiatra de los Beneficiarios, por lo que no debe utilizarse en ningún caso por parte de los mismos para establecer un diagnóstico o auto-medicarse, debiendo consultar con los referidos profesionales en cada caso particular.
Odontología de Urgencia
En los límites de beneficios, PROTEGE TU VIAJE S.A se hará cargo de los gastos por atención odontológica derivados de una urgencia, debido o causada por un trauma, accidente o infección, limitándose únicamente al tratamiento del dolor y/o a la extracción de la pieza dentaria resultante de infección o trauma únicamente. Los tratamientos odontológicos de conductos, cambios de calzas, coronas, prótesis, sellamientos, limpiezas dentales, diseños de sonrisa o cualquier otro tratamiento no especificado claramente en estas condiciones se encuentran excluidos del beneficio.
Traslado Sanitario Y Repatriación Sanitaria
En caso de emergencia o de urgencia y si la Central de Servicios de Asistencia lo juzgare necesario, se organizará el traslado del Beneficiario al centro de salud más cercano, por el medio de transporte que el Departamento Médico de la Central de Servicios de Asistencia considere más apropiado y según corresponda a la naturaleza de la lesión o enfermedad.
Queda igualmente establecido que aun para los casos de tratamientos y cirugías que ocurren en casos catalogados como urgencia o emergencia el traslado sanitario debe ser previamente solicitado y autorizado por la central de PROTEGE TU VIAJE S.A. El no cumplimiento de esta norma exime a PROTEGE TU VIAJE S.A de tomar a cargo la cobertura de dicho traslado.
Se entiende por repatriación sanitaria el traslado del Beneficiario enfermo o accidentado desde el lugar en donde se encuentra hasta el aeropuerto de ingreso del país de residencia habitual y en el que debió ser emitido el voucher. Solamente el Departamento Médico de PROTEGE TU VIAJE S.A podrá autorizar a tomar todas las providencias mencionadas en esta cláusula, quedando el Beneficiario o un familiar prohibido de realizarlo por cuenta propia sin la previa autorización escrita de PROTEGE TU VIAJE S.A. Adicionalmente la repatriación deberá ser autorizada y justificada médica y científicamente por el Médico Tratante de PROTEGE TU VIAJE S.A, en el caso en que el Beneficiario y/o sus familiares o acompañantes decidieran efectuar la repatriación dejando de lado o sin solicitar la opinión del Departamento Médico de PROTEGE TU VIAJE S.A, de realizarse de esta manera, ninguna responsabilidad recaerá sobre PROTEGE TU VIAJE S.A siendo por lo tanto la repatriación así como todos los demás gastos y consecuencias, responsabilidad del Beneficiario o de sus familiares o acompañantes, sin derecho a reclamo contra PROTEGE TU VIAJE S.A.
Cuando el Departamento Médico de PROTEGE TU VIAJE S.A en común acuerdo con el Médico Tratante estime necesario y recomiende la repatriación sanitaria, esta se efectuará en primera instancia por el medio de transporte disponible más conveniente para ello, y/o por avión de línea aérea comercial, en clase turista y sujeta a disponibilidad de cupo aéreo, hasta el aeropuerto de ingreso del país de residencia o de compra de la tarjeta. PROTEGE TU VIAJE S.A se hará cargo del pago de las diferencias por cambio de fecha del pasaje o la compra de uno nuevo si el original se tratase de un tiquete sin posibilidad de cambio.
Esta asistencia comprende su transporte en ambulancia u otro medio de transporte que sea compatible con su estado de salud y aprobado por el Departamento Médico de PROTEGE TU VIAJE S.A desde el lugar de internación hasta su lugar de residencia, con la estructura de apoyo necesaria incluyendo camilla, sillas de rueda, caminador, acompañamiento médico, etc.
No será reconocido ningún gasto por concepto de repatriación cuando la causa que dio origen a ella es a consecuencia de una enfermedad preexistente u obedezca a un evento que figura dentro de las exclusiones generales, salvo en planes que contemplen preexistencias. Este beneficio aplicará única y exclusivamente dentro de las fechas de vigencia de su voucher.
Gastos de Cremación
Servicio incluido dentro del tope de beneficio de asistencia médica integral Covid19.
En caso de fallecimiento del BENEFICIARIO diagnosticado positivo por COVID-19, siempre y cuando autoridades sanitarias locales así lo permitan y en concordancia con los protocolos de seguridad y salud de cada país, PROTEGE TU VIAJE S.A reintegrará los gastos correspondientes a la cremación del cuerpo hasta el tope de beneficio indicado en el producto o plan de asistencia contratado por esta patología.
Repatriación funeraria
En caso de fallecimiento del Beneficiario durante la vigencia de la tarjeta PROTEGE TU VIAJE S.A a causa de un evento no excluido en las condiciones generales. PROTEGE TU VIAJE S.A organizará y sufragará la repatriación funeraria tomando a su cargo los gastos de: féretro simple obligatorio para el transporte internacional, los trámites administrativos y el transporte del cuerpo por el medio que consideren más conveniente hasta el lugar de ingreso al país de residencia habitual del fallecido, hasta el tope especificado en la tabla de beneficios.
Si el derechohabiente lo desea, dentro de este mismo beneficio, puede optar por la cremación del cuerpo y también estarán incluidos todos los trámites administrativos a los que haya lugar y traslado de cenizas hasta el país de residencia habitual del fallecido.
Los gastos de féretro definitivo, trámites funerarios, traslados terrestres o aéreos en el país de residencia e inhumación no estarán a cargo de PROTEGE TU VIAJE S.A
PROTEGE TU VIAJE S.A quedará eximido de prestar los servicios y asumir los costos relativos al presente beneficio en caso que el fallecimiento del Beneficiario se origine por causa de un suicidio o fallecimiento por consecuencia de ingesta de alcohol o cualquier tipo de drogas, o por una enfermedad o condición médica preexistente, crónica, o recurrente.
Este beneficio no contempla ni incluye bajo ninguna circunstancia gastos de regreso de familiares acompañantes del fallecido, por lo que PROTEGE TU VIAJE S.A no tomará a su cargo ningún gasto de terceros.
Traslado de un familiar en caso de hospitalización y gastos de hotel acompañante
En caso de que la hospitalización de un Beneficiario, viajando solo y no acompañado, fuese superior a cinco (5) días, PROTEGE TU VIAJE S.A se hará cargo de un pasaje aéreo en clase turista, sujeto a disponibilidad de espacio para un familiar de compañía. En caso de ser contemplado en la tabla de beneficios de los productos, el Beneficiario podrá tener derecho a los gastos de hotel por USD 80.00 (ochenta dólares) diarios para su familiar acompañante durante máximo siete días o hasta el alta del paciente, lo que suceda primero.
Atención: Tanto para esta cláusula como para cualquier otra que cubra gastos de hotelería, se entiende estos limitados al hospedaje simple, sin gastos de restaurante, lavandería, telefonía u otro cualquier como minibar, alimentación tomada en la habitación, u otro tipo de gasto cualquiera.
Gastos de hotel por convalecencia
Cuando de acuerdo con el médico tratante y en común acuerdo con el Departamento Médico de la Central de Servicios de Asistencia, el Beneficiario hubiese estado internado en un hospital al menos cinco (5) días y que a su salida deba obligatoriamente guardar reposo forzoso, o en dado caso haber salido positivo para COVID-19 y por disposición médica escrita este requiera de guardar reposo obligatoriamente debido a la sintomatología PROTEGE TU VIAJE S.A cubrirá los gastos de hotel hasta el monto indicado en su plan de asistencia, con un máximo de 7 (siete) noches. Este ítem aplicará únicamente al Beneficiario del plan de asistencia, y bajo ningún motivo se cubrirán los gastos para una persona acompañante.
Se aclara que PROTEGE TU VIAJE S.A no asumirá ningún gasto de hotel por convalecencia cuando la internación haya sido suscitada por una enfermedad o condición médica preexistente.
Atención: Dicho reposo deberá ser ordenado por los médicos de la central exclusivamente y contemplarán únicamente el cubrimiento del costo de la habitación sin ningún tipo de alimentación o gastos de otra índole tales como lavandería, llamadas telefónicas (salvo aquellas efectuadas a la central de PROTEGE TU VIAJE S.A.), mini bares, etc.
Hotel por cuarentena por COVID-19 (Hasta los 75 años)
Cuando de acuerdo con el médico tratante y en común acuerdo con el Departamento Médico de la Central de Servicios de Asistencia de PROTEGE TU VIAJE S.A, indiquen que el paciente deberá permanecer en autoaislamiento por COVID – 19, tendrá el acceso a los siguientes beneficios:
1. Gastos de hotel y alimentación hasta por 10 días.
Para poder acceder a este beneficio se deberán cumplir las siguientes condiciones:
1. Informe médico donde se indique que el paciente deberá permanecer en autoaislamiento.
2. Este beneficio garantiza los gastos de hotel por reserva, esto quiere decir que si dos personas o más que comparten la misma habitación son diagnosticadas con COVID-19, los gastos a reembolsar corresponderán a esta reserva. Dicho esto, se entiende que no se pagará una habitación por cada reserva.
Los gastos de hotel por cuarentena serán cubiertos siempre y cuando la reserva ya paga por el pasajero haya finalizado.
Localización y asistencia en la búsqueda de equipajes extraviados
PROTEGE TU VIAJE S.A asesorará al Beneficiario para la denuncia del extravío o robo de su equipaje y efectos personales, para lo cual pondrá a su disposición los servicios de la Central de Servicios de Asistencia más próxima. Igualmente, PROTEGE TU VIAJE S.A asesorará al Beneficiario en caso de pérdida de documentos de viajes, y o tarjetas de crédito dándole las instrucciones para que el Beneficiario interponga los denuncios respectivos, y tramite la recuperación de los mismos.
Regreso anticipado por enfermedad, accidente y/o fallecimiento de un familiar
Si el Beneficiario debiera retornar a su país de residencia habitual por causa del fallecimiento, enfermedad súbita no derivada de un enfermedad preexistente o accidente de un familiar directo (padre, cónyuge, hijo o hermano) allí residente, PROTEGE TU VIAJE S.A se hará cargo de la diferencia del costo del pasaje aéreo de regreso del Beneficiario a su país de origen, únicamente cuando su pasaje sea de tarifa reducida por fecha fija o limitada de regreso. Esta asistencia deberá acreditarse con el informe médico de enfermedad súbita, el informe policial en caso de accidente, el acta de defunción en caso de fallecimiento y para todas las situaciones, también debe presentarse un documento que acredite el parentesco.
Regreso anticipado por siniestro
En caso de incendio, explosión, inundación o robo con daños y violencia en el domicilio de un Beneficiario, mientras éste se encuentre de viaje, si no hubiese ninguna persona que pueda hacerse cargo de la situación y si su pasaje original de regreso no le permitiera el cambio gratuito de fecha, PROTEGE TU VIAJE S.A tomará a su cargo la diferencia que correspondiese o el costo de un nuevo pasaje en clase turista desde el lugar en que el Beneficiario se encuentre hasta el aeropuerto más cercano al hogar del Beneficiario en el país de residencia. Esta solicitud de asistencia deberá acreditarse mediante la presentación en la Central de Servicios de Asistencias el original de la denuncia policial correspondiente, dentro de las veinticuatro horas siguientes al suceso. El Beneficiario deberá indefectiblemente comunicarse con la Central de Servicios de Asistencias a fin de ser autorizado. No serán aceptados pedidos de reembolso sin ninguna justificación.
Regreso anticipado por deportación
En caso de deportación del Beneficiario, PROTEGE TU VIAJE S.A tomará a su cargo la diferencia que correspondiese o el costo de un nuevo pasaje en clase turista desde el lugar en que el Beneficiario se encuentre hasta el aeropuerto más cercano al hogar del Beneficiario en el país de residencia. Esta solicitud de asistencia deberá acreditarse mediante la presentación
en la Central de Servicios de Asistencias, dentro de las veinticuatro horas siguientes al suceso. El Beneficiario deberá indefectiblemente comunicarse con la Central de Servicios de Asistencias a fin de ser autorizado.
Acompañamiento de menores
Si un Beneficiario viajara como única compañía de menores de quince (15) años también Beneficiarios de un plan de asistencia PROTEGE TU VIAJE S.A y por causa de enfermedad o accidente constatado por el Departamento Médico de la Central de Servicios de Asistencia, se viera imposibilitado para ocuparse de ellos, PROTEGE TU VIAJE S.A organizará a su cargo el desplazamiento de dichos menores hasta el domicilio habitual en su país de origen, por el medio que considere más adecuado.
Acompañamiento a mayores de 75 años.
Si un Beneficiario viajara como única compañía con uno o más adultos mayores de setenta y cinco (75) años y también Beneficiarios de un plan de asistencia PROTEGE TU VIAJE S.A, y por causa de enfermedad o accidente (constatado por el Departamento Médico de la Central de Asistencia), se viera imposibilitado para ocuparse de ellos, PROTEGE TU VIAJE S.A organizará a su cargo el desplazamiento de dichos mayores hasta el domicilio habitual en su país de origen, por el medio que considere más adecuado.
Compensación por cancelación o interrupción del viaje
PROTEGE TU VIAJE S.A cubrirá hasta el tope de beneficio según el plan contratado las penalidades por cancelar anticipadamente un viaje conocido como tours, paquetes turísticos, excursiones, boletos aéreos y cruceros.
Para ser acreedor de este beneficio, el Beneficiario del voucher deberá:
1. Contratar el plan con una diferencia de hasta 72 horas siguientes en que se contrate el paquete turístico y/o crucero. Siempre y cuando no haya iniciado el periodo de penalidades publicados por la agencia de viajes o naviera.
2. Dar aviso a la Central de Servicios de Asistencias en un máximo de 24 horas luego de ocurrido el evento que motiva la cancelación.
3. Presentar toda la documentación que PROTEGE TU VIAJE S.A considere para evaluar la cobertura de este beneficio, incluyendo, pero no limitando a: documento donde se demuestre de forma clara y fehaciente el motivo de cancelación de viaje (informe médico partida de defunción, entre otros), cartas de los respectivos prestadores del servicio, facturas, recibos de pago. (Ver requisitos específicos en los casos de cruceros abajo señalados).
4. El Beneficiario tiene hasta treinta (30) días continuos a partir de la fecha de sucedido el evento para presentar la documentación completa y respaldos necesarios para iniciar el proceso de reembolso. Después de ese plazo, no se aceptarán documentos para tramitar. ningún reembolso.
Nota: para los planes Anuales Multiviajes la cancelación se renovará cada vez que el Beneficiario viaje según indique el plan de asistencia del producto que haya adquirido y aplica siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos para ser acreedor de este beneficio en cada viaje. Este beneficio no aplica para Beneficiarios mayores de 74 años.
Cancelación de un viaje de crucero antes de su inicio:
El Beneficiario deberá en este caso:
• Notificar de inmediato su decisión a la naviera por escrito y obtener de ésta un comprobante que indique en forma inequívoca la fecha de dicha notificación formal de la imposibilidad de iniciar el viaje de crucero en el barco y fecha originalmente contratados.
• Deberá además obtener de la naviera las Condiciones Generales de contratación de cruceros, en donde se indique claramente el procedimiento de aplicaciones de las penalidades o cláusulas penales por cancelación anticipada de un crucero contratado y totalmente pagado.
• Deberá obtener de la naviera un comprobante que demuestre el monto de la penalidad aplicable a su contrato de crucero en particular y el monto del reembolso si fuere el caso.
Una vez obtenida la documentación anterior, deberá demostrar por escrito a PROTEGE TU VIAJE S.A en forma clara y fehaciente la causal o causales que ocasionaron la cancelación de viaje y enviar a la Central de Servicios de Asistencia toda dicha documentación para su eventual comprobación por parte de PROTEGE TU VIAJE S.A y eventual reembolso de ser procedente.
Son causas justificadas a los efectos del presente beneficio:
1. El fallecimiento, accidente o enfermedad grave no preexistente del Beneficiario o familiar en primer grado de consanguinidad (padres, hijos o hermanos) o cónyuge, entendiéndose por enfermedad grave una alteración de la salud que, a juicio del Departamento Médico de la Central de Servicios de Asistencias, imposibilite al Beneficiario para iniciar el viaje en la fecha contratada originalmente.
2. La convocatoria como parte, testigo o jurado de un tribunal.
3. Los daños que, por incendio, robo, hurto o por la fuerza de la naturaleza en su residencia habitual o en sus locales profesionales que los hagan inhabitables y justifican ineludiblemente su presencia.
4. Cuarentena médica que obligue al Beneficiario a mantener dentro de su país de origen.
5. Despido laboral comprobado del Beneficiario, con fecha posterior a la contratación del plan de asistencia.
6. Convocatoria de emergencia para prestación de servicio militar, médico o público.
7. Epidemia, catástrofes naturales o cenizas volcánicas.
8. Si la persona que ha de acompañar al Beneficiario en el viaje, entendiéndose como tal(es) a la(s) persona(s) que compartan la misma habitación de hotel o camarote de crucero con el Beneficiario, o sea(n) familiar(es) de primer grado de consanguinidad (padres, hijos o hermanos) o cónyuges, también poseedor(es) de un plan de asistencia en las mismas condiciones que el Beneficiario y dicho(s) acompañante(s) se viese(n) obligado(s) a anular el viaje por alguna de las causas enumeradas anteriormente.
Adquirido el plan en las condiciones antes indicadas, y de ser aplicable el beneficio, la vigencia del mismo comienza en el momento en que el Beneficiario adquiere su plan de asistencia y finaliza en el momento de inicio de la vigencia del voucher. Este beneficio no aplica para Beneficiarios mayores de 74 años.
Cancelación de viaje por COVID-19
En caso de ser contemplado dentro del voucher, el Beneficiario podrá cancelar anticipadamente su viaje por los siguientes motivos:
1. En caso de diagnóstico positivo de COVID-19 del Beneficiario, acompañante de viaje o familiar en primer grado de consanguinidad.
En todo caso, el Voucher deberá ser emitido con una antelación mínima de 14 días a la fecha de partida, o inicio de vigencia, lo que suceda primero.
Nota 1: No aplica para Beneficiarios mayores de 70 años. No tendrán cobertura solicitudes de Cancelación de viaje, si la misma se llegase a dar por un cierre de fronteras por parte del Gobierno de origen o destino. Adicionalmente, si el proveedor hotelero, aerolínea o cualquier otro operador turístico le ofrece al Beneficiario la opción de dejar abiertas las fechas, reprogramar, crédito a favor, y entre otras soluciones, aun si el Beneficiario rechaza dicha opción, no habrá lugar a reembolso por gastos incurridos.
Nota 2: Queda excluido de cobertura cualquier evento ocurrido con anterioridad a la emisión del Plan de Asistencia. En caso de un mismo evento que involucre a más de una reserva y cualquiera sea la cantidad de Titulares involucrados en el mismo, la responsabilidad máxima de indemnización de PROTEGE TU VIAJE S.A por todos los titulares afectados, no será mayor a CUARENTA MIL DÓLARES NORTEAMERICANOS USD$40,000.00 como monto máximo global por el mismo siniestro. En caso de que la suma de las indemnizaciones a abonar supere los montos antedichos, cada indemnización individual será efectuada a prorrata de la responsabilidad máxima definida en el Voucher.
Sustitución de ejecutivo
En el caso que el Beneficiario se encontrara en viaje de negocios en el extranjero y fuese internado por una emergencia médica grave que le impida proseguir con su cometido profesional, PROTEGE TU VIAJE S.A se hará cargo del pasaje en clase turista, sujeto a disponibilidad de plazas, de la persona que su empresa designe como sustituto y de los gastos de hotel hasta un máximo de USD 80 (ochenta dólares) diarios durante cinco (5) días.
Línea de consulta pre viaje
Los Beneficiarios de un plan PROTEGE TU VIAJE S.A podrán pedir a la Central de Servicios de Asistencia, informaciones relativas a obligaciones consulares, sanitarias, turísticas y otras concernientes al país de destino. Igualmente estará a disposición de los pasajeros el servicio conserje de PROTEGE TU VIAJE S.A para ayuda con la reserva de hoteles, restaurantes, eventos deportivos, culturales, entre otros.
Servicio concierge
El servicio de concierge PROTEGE TU VIAJE S.A se encuentra disponible las 24 horas del día, los 365 días del año para asistir a los Beneficiarios en la consecución de información sobre entradas para espectáculos, arreglos de viaje, renta de vehículos, reservaciones para obras de teatro y cualquier otra información que el Beneficiario pueda necesitar en las principales ciudades del mundo. El Beneficiario será responsable por todos los costos y gastos relacionados con la solicitud de los servicios de asistencia concierge; este servicio es netamente informativo.
Transmisión de mensajes urgentes
PROTEGE TU VIAJE S.A transmitirá los mensajes urgentes y justificados, relativos a cualquiera de los eventos que son objeto de las prestaciones contempladas en estas condiciones generales.
Transferencia de fondos y fianza penal
Durante el viaje, en caso de necesidad imperiosa e imprevista y contra su previo depósito en la oficina de PROTEGE TU VIAJE S.A, esta gestionará la entrega al Beneficiario en el país donde se encuentre, de cantidades hasta el límite especificado en estas condiciones generales. Si el Beneficiario fuese encarcelado como consecuencia de un accidente de tránsito, PROTEGE TU VIAJE S.A gestionará el envío de las cantidades especificadas en estas condiciones generales para hacer frente al pago de la fianza penal, debiendo previamente ser depositado el monto referido en la oficina de PROTEGE TU VIAJE S.A por parte de la familia del Beneficiario. El costo asumido por PROTEGE TU VIAJE S.A corresponderá únicamente al valor de la transferencia realizada al Beneficiario. Estos beneficios serán aplicadas una sola vez, cualquiera que sea el lapso de validez del plan de voucher de asistencia.
Asistencia legal por accidente de tránsito
PROTEGE TU VIAJE S.A tomará a cargo hasta los topes indicados en el plan, los gastos de honorarios que ocasione la defensa civil, criminal o penal del Beneficiario, con motivo de imputársele o exculpársele la responsabilidad por un accidente de tránsito.
Indemnización por extravío de equipaje en línea aérea regular (Complementaria)
PROTEGE TU VIAJE S.A compensará al Beneficiario de forma complementaria, hasta el tope especificado en la tabla de beneficios. Para la obtención de este beneficio rigen los siguientes términos y condiciones:
• Que la línea aérea y la Central de PROTEGE TU VIAJE S.A hayan sido notificadas del hecho por el Beneficiario antes de abandonar el aeropuerto donde se registró la pérdida siguiendo las instrucciones descritas más abajo.
• Que el equipaje se haya extraviado durante su transporte en vuelo regular internacional, este beneficio no aplica cuando la pérdida se origina en un trayecto de vuelo nacional, ni de vuelos charters o fletados, aviones particulares o militares, o cualquier vuelo que no tenga un itinerario fijo publicado que opera regularmente, ni tampoco cuando la pérdida se origina en vuelos domésticos en el exterior.
• Que el mencionado equipaje haya sido debidamente registrado, etiquetado y despachado en la bodega del avión y haya sido debidamente presentado y entregado al personal de la aerolínea en el despacho del terminal. PROTEGE TU VIAJE S.A, no indemnizará a los Beneficiarios de un plan, por la pérdida de equipaje de mano o de cabina o cualquier otro bulto que no haya sido debidamente registrado ante la aerolínea y haya sido transportado en la bodega del avión.
• Que la pérdida del equipaje haya ocurrido entre el momento en que el mismo fue entregado a personal autorizado de la línea aérea para ser embarcado y el momento en que debió ser devuelto al pasajero al finalizar el viaje.
• Que la línea aérea se haya hecho cargo de su responsabilidad por la pérdida del mencionado equipaje, y haya abonado o pagado al Beneficiario la indemnización prevista por ella. PROTEGE TU VIAJE S.A no podrá indemnizar al Beneficiario cuando éste no haya aún recibido la indemnización de la aerolínea.
• No tienen derecho a esta compensación las pérdidas ocurridas en cualquier tipo de transporte terrestre en el extranjero.
• La compensación por pérdida total del equipaje se limitará a un solo bulto entero y completo faltante en forma definitiva y a un solo Beneficiario damnificado. En el caso de que el bulto faltante estuviera a nombre de varios Beneficiarios, la compensación será prorrateada entre los mismos, siempre que incluya los correspondientes números de billetes de cada uno, así como el número de voucher. No se indemnizan faltantes parciales de las maletas.
• En caso que la línea aérea ofreciera al Beneficiario como indemnización la posibilidad de optar entre percibir un valor en dinero o uno o más pasajes u otro medio de compensación, PROTEGE TU VIAJE S.A procederá a abonar al Beneficiario la compensación económica por extravío de equipaje, una vez que dicha opción sea ejercida.
Es importante anotar que, en los casos de extravío de equipaje, los directos responsables de las mismas son las aerolíneas o empresas transportadoras, por lo tanto, PROTEGE TU VIAJE S.A intervendrá en calidad de intermediario facilitador entre la aerolínea y o la compañía transportadora y el pasajero, y por lo tanto no podrá ser considerada ni tomada como responsable directa de dicha pérdida, ni de la búsqueda del equipaje. Las aerolíneas se reservan el derecho de aceptar o no los reclamos a PROTEGE TU VIAJE S.A, y en términos generales pueden exigir que las reclamaciones sean puestas directamente por los pasajeros y no permitir la intermediación de PROTEGE TU VIAJE S.A.
Las indemnizaciones por concepto de pérdida total de equipaje se abonarán únicamente en el país donde se compró la asistencia PROTEGE TU VIAJE S.A.
Al regresar a su país de origen, el Beneficiario deberá presentar en las oficinas de PROTEGE TU VIAJE S.A la siguiente documentación:
• Formulario P.I.R. (Reclamo por Pérdida de Equipaje) Original
• Documento o Pasaporte
• Voucher de asistencia
• Copia original del recibo de la indemnización de la línea aérea (Cheque, comprobante de pago de la misma), pasajes aéreos.
PROTEGE TU VIAJE S.A solo podrá proceder al reembolso por concepto de indemnización por pérdida de equipaje únicamente después de que la Aerolínea responsable de la pérdida haya debidamente indemnizado al Beneficiario. No se podrá indemnizar al Beneficiario sin el comprobante de pago de la aerolínea.
NOTA: La indemnización al Beneficiario será complementaria a la abonada por la línea aérea conforme a lo indicado en el voucher correspondiente al plan PROTEGE TU VIAJE S.A adquirido. En caso de indemnización complementaria, el importe de la misma se determinará como la diferencia entre lo abonado por la línea aérea y el monto que se determine conforme a lo estipulado en el plan adquirido, y siempre hasta el límite máximo indicado por este concepto en el voucher. No será válida compensación alguna si la indemnización de la compañía aérea iguala o supera el límite máximo establecido en el voucher para este concepto. Por otra parte, la compensación por pérdida de equipaje aplica por bulto o carga y no por persona.
Reembolso de gastos por la demora en la devolución del equipaje
PROTEGE TU VIAJE S.A reintegrará al Beneficiario cuyo plan de asistencia así lo establezca, mediante la presentación de los comprobantes originales de compras de elementos de primera necesidad, realizadas durante el lapso de demora en la entrega de su equipaje.
Las compras deberán ser hechas después de haber sido realizado el reclamo pertinente con la aerolínea, así como de haber dado aviso a la Central de Servicios de Asistencia y proporcionado el número PIR correspondiente otorgado por la aerolínea. Esta prestación se brindará únicamente si el equipaje no es localizado dentro de las seis (6) horas contadas a partir del arribo del vuelo. El plazo de 6 horas se refiere exclusivamente al tiempo transcurrido hasta la localización del equipaje. El lapso posterior hasta la entrega física del mismo por parte de la aerolínea está fuera de la responsabilidad de PROTEGE TU VIAJE S.A y por tanto no será tenido en cuenta en el cómputo de las 6 horas.
Si la demora o el extravío del equipaje ocurren en vuelos de conexión, en un vuelo de regreso al país de origen y/o de residencia habitual del Beneficiario, no se otorgará compensación alguna.
En caso tal que el equipaje sea declarado como perdido totalmente por parte de la compañía aérea, se deducirá del monto a reembolsar por concepto de “Compensación por pérdida de equipaje”, el total reembolsado por los gastos del presente beneficio.
Este servicio opera por reembolso previa autorización de la Central de Servicios de Asistencia y regido por los tiempos establecidos en los trámites de reembolso.
En caso de demora de equipaje, siga estas instrucciones:
1. Inmediatamente constatada la falta de equipaje diríjase a la compañía aérea o persona responsable dentro del mismo recinto al que llegan los equipajes. Solicite y complete el formulario P.I.R Property Irregularity Report.
2. Antes de abandonar el aeropuerto comuníquese telefónicamente con la Central de Asistencia a efectos de notificar el extravío de su equipaje.
Al regresar a su país de origen debe presentar en las oficinas la siguiente documentación:
1. Formulario P.I.R
2. Comprobantes de pago en razón de gastos de artículos de primera necesidad (elementos de higiene y ropa de primera necesidad).
3. Itinerario original de vuelo.
Nota: La compensación por demora en devolución de equipaje aplica por bulto o carga y no por persona.
Indemnización por rotura de equipaje
Si las maletas del Beneficiario sufrieran algún tipo de daño que deje expuestos los elementos que se encuentran en su interior, así como la violación de sus cerraduras con los mismos efectos, PROTEGE TU VIAJE S.A otorgará al beneficiario la suma indicada según los topes del producto contratado.
Para hacer efectivo este beneficio debe verificarse que la rotura haya ocurrido entre el momento en que el equipaje fue embarcado y el momento en que deba ser entregado al Beneficiario al desembarcar, debe haber sido informado a la Central de Servicios de Asistencias de PROTEGE TU VIAJE S.A dentro de las 24 horas de ocurrido el siniestro y el Beneficiario deberá presentar a PROTEGE TU VIAJE S.A el comprobante de denuncia otorgado por la línea aérea o naviera y los comprobantes originales por el arreglo de las roturas o reposición del equipaje.
Nota: La compensación por daño de equipaje aplica por bulto o carga y no por persona.
Gastos por vuelo demorado (+6 Horas) o cancelado y Gastos de cancelación de viajes
Si el vuelo del Beneficiario fuera demorado por más de seis (6) horas consecutivas a la programada originalmente o cancelado, siempre y cuando no exista otra alternativa de transporte durante ellas, PROTEGE TU VIAJE S.A reintegrará hasta el tope de cobertura convenido en razón de gastos de hotel, comidas y comunicaciones realizadas durante la demora y contra la presentación de sus comprobantes originales, acompañados de un certificado de la compañía aérea reflejando la demora o cancelación sufrida por el vuelo del Beneficiario.
Este beneficio no se brindará si el vuelo fuese en un aeropuerto ubicado en las proximidades de la ciudad de residencia habitual así la distancia sea superior a 100 kms o dentro de la ciudad de residencia habitual del Beneficiario; tampoco si el Beneficiario viajara con un pasaje sujeto a disponibilidad de espacio. Este servicio no se aplica si la cancelación se debe a la quiebra y/o cesación de servicios de la línea aérea.
Nota: Este beneficio solo aplica una vez se está fuera del país de residencia habitual.
Asistencia en crucero
PROTEGE TU VIAJE S.A se hará cargo del costo de un boleto en clase económica, un solo sentido, desde el puerto de embarque hasta el siguiente puerto de escala del crucero contratado. Esto bajo las siguientes situaciones:
• Si el beneficiario inicialmente se perdió la salida programada del crucero debido a un vuelo de conexión retrasada por más de seis (6) horas a partir de la programada y con previa presentación de los respaldos apropiados y el informe de la compañía aérea (PIR).
• En caso que el beneficiario deba ser retirado del crucero por situaciones de emergencias vitales en las que se vea comprometida su integridad física
• Si como consecuencia de enfermedad presentada antes del embarque y posterior a su tratamiento le es permitido continuar el viaje contratado, podrá acceder al beneficio adjuntando los documentos que certifiquen la incapacidad de abordar el crucero y su respectiva alta médica.
Este beneficio se paga como reembolso, previa acreditación de los documentos que soporten las situaciones descritas.
Test PCR migratorio COVID-19 (de resultar positivo al regreso)
Si el beneficiario lo solicita y siempre y cuando la central de riesgo vea necesario y sea aprobado por nuestra central médica, llevaremos a cabo la prueba de test PCR en los casos que el beneficiario requiera la misma para ingresar en algún país que solicite la misma. Es necesario demostrar el resultado de un test positivo por covid de un laboratorio certificado.
Práctica de deportes amateur
PROTEGE TU VIAJE S.A proporciona beneficios de los deportes ecuestres, deportes de nieve, deportes de equipo, deportes de fuerza, deportes de invierno, las artes marciales, campeonatos de tiro el deporte practicado en rangos reguladas; deportes acuáticos, esquí, surf, kitesurf recreativa, buceo recreativo (hasta 15 metros), natación, patinaje, snowboard, cuando se practica como actividades de aficionados.
Nota: Queda excluida de este beneficio cualquier lesión causada por prácticas profesionales y/o de torneos, competencias, etc.
Localización y asistencia en caso de extravío de documentos y/o billetes aéreos
PROTEGE TU VIAJE S.A asesorará al Beneficiario en el caso que haya extraviado sus documentos y/o billetes aéreos, dicho asesoramiento no comprenderá en ningún caso la realización de aquellos trámites personales que el BENEFICIARIO debiera realizar con motivo del robo y/o extravío ocurrido.
PROTEGE TU VIAJE S.A. no se hará cargo de gastos o costos inherentes al reemplazo de documentos personales, billetes aéreos, tarjetas de crédito robadas o extraviadas.
Viaje regreso por enfermedad del titular
En caso que el Beneficiario haya sido hospitalizado debido a un accidente o enfermedad y se haya visto obligado a cambiar la fecha de su tiquete de avión de regreso a su país de origen, PROTEGE TU VIAJE S.A se hará cargo del pago de las multas pendientes para el cambio de fecha del tiquete aéreo, o incluso la compra de nuevo tiquete de avión en clase económica.
En caso tal que el Beneficiario lo necesite y, cuando sea posible, PROTEGE TU VIAJE S.A proporcionará el cambio del vuelo, cubriendo directamente los costos de dicho cambio. De lo contrario, PROTEGE TU VIAJE S.A hará el reembolso de dichos gastos al cliente, mediante los comprobantes de pago a la compañía aérea.
Esta garantía sólo es válida en caso que la hospitalización haya sido organizada por la Central de Servicios de Asistencia y la continuación de esta internación haya sido indicada por los médicos asistentes y por el departamento médico.
Terapia de recuperación física
Se cubrirán únicamente en caso tal que la dolencia haya sido ocasionada por un accidente no laboral bajo autorización previa del Departamento Médico de la Central de Servicios de Asistencia en caso tal que se determine que con las mismas el pasajero podrá mejorar su condición actual y bajo ningún motivo, podrá exceder las diez (10) sesiones.
Compra protegida
PROTEGE TU VIAJE S.A ha contratado un certificado con una empresa aseguradora, por la cual se indemnizará al beneficiario por el costo de sus compras efectuadas en el país de destino de los siguientes aparatos electrónicos: cámaras de fotografía, filmadoras, teléfonos inteligentes, tabletas y computadores, que hayan sido comprados y robados durante el viaje (descontando la depreciación por desgaste y uso) hasta el tope de beneficio del plan contratado.
1. Hasta US$250 por un objeto de valor, un juego o un par.
2. Pérdida de medicamento o equipo médico considerado necesario y vital por
el departamento médico para mantener la salud del beneficiario.
Para acceder a este beneficio, el beneficiario deberá presentar los documentos que la Central de Asistencias considere necesarios, incluyendo, pero no limitándose a:
a. Denuncia policial radicada dentro de las 24 horas de ocurrido el hecho, que acredite el robo de los aparatos electrónicos comprados en el país de destino.
b. Si el robo se hubiese producido en un hotel, se deberá presentar la denuncia radicada por la administración del mismo.
c. Factura de compra donde se indique la marca, referencia, precio de venta al público con los debidos impuestos, así como el nombre y el documento del Beneficiario, con fecha posterior a la fecha de inicio del viaje y fecha posterior a la pérdida, robo o hurto.
Se consideran exclusiones a este beneficio:
i. No se cubrirá en el caso de que la pérdida ocurra bajo custodia de una línea aérea u otro medio de transporte.
ii. No se cubrirán objetos personales o equipajes que fueran robados de un vehículo estacionado a menos que los mismos se encontrasen en el baúl del coche fuera de la vista pública y bajo llave en el caso de caravanas o que haya evidencia de que el robo fue efectuado con violencia o utilizando la fuerza.
iii. No se cubrirá el equipaje desatendido a menos que éste se encuentre en una habitación de hotel y en un lugar seguro y debe haber evidencia de entrada forzada y violenta.
iv. Sillas de ruedas, coches de bebés, triciclos, bicicletas, motocicletas y motos de agua.
v. Lentes de contactos, prótesis dentales y audífonos.
vi. Sellos, documentos, mercancías de negocios y muestras.
vii. Custodia o detención de los elementos por parte de autoridades de aduana.
viii. Casos en los que el beneficiario no tome las precauciones de seguridad necesarias.
Cobertura para embarazadas (Hasta semana 32)
En caso de emergencia se cubrirá sólo la consulta desde la semana 13 hasta la semana 32. El beneficio aplica básicamente para las emergencias que se presenten durante el viaje, no se cubren exámenes ni controles rutinarios ni todas las complicaciones resultantes durante y después del embarazo.
NOTA: El límite de edad para acceder al beneficio es mínimo de 19 años y hasta máximo 42 años de edad.
Penalidad por cambio en boleto de regreso por resultado positivo de COVID-19
-Servicio incluido dentro del tope de cobertura de asistencia médica integral Covid-19.
Si como consecuencia de un diagnóstico positivo de COVID-19 el BENEFICIARIO se viera
ineludiblemente imposibilitado de volver a su domicilio o país de residencia habitual, PROTEGE TU VIAJE S.A reintegrará la penalidad (no diferencia tarifaria) del pasaje aéreo original de regreso del BENEFICIARIO, únicamente cuando su pasaje sea de tarifa reducida por fecha fija o limitada de regreso.
El BENEFICIARIO tendrá hasta catorce (14) días continuos a partir de la fecha del resultado positivo por COVID-19, para fijar la nueva fecha del vuelo de retorno a su país de residencia y hacer efectivo el beneficio. La cobertura de PENALIDAD POR CAMBIO DE FECHA POR COVID-19 estará disponible una (1) vez por voucher contratado. Al regresar a su país de origen, presentar la siguiente documentación:
Itinerario de viaje original.
Fotocopia o imágenes legibles de todas las páginas del pasaporte.
Certificado del procedimiento médico realizado que certifique el resultado positivo de COVID-19.
Fotocopia o imágenes legibles del boleto original de retorno.
Factura de penalidad por cambio de fecha de pasaje aéreo de regreso.
Certificado del procedimiento médico realizado que certifique el resultado negativo de COVID19.
Cualquier documento que La Central estipule necesario.
Nota: No serán reembolsables los pasajes sujetos a disponibilidad de espacio, ni de descuento o mediante canje de millas, así como tampoco la penalidad a consecuencia de la reprogramación total o parcial del viaje, ni aquellos pasajes que tengan como condición no reembolsables.
X. BENEFICIOS ADICIONALES DE COMPRA OPCIONAL POR EL BENEFICIARIO
Los Beneficiarios tendrán la opción de adquirir adicionalmente, pero no por separado, beneficios adicionales a los establecidos para cada plan de asistencia en particular de PROTEGE TU VIAJE S.A, mediante el pago de un complemento al precio del plan original, todo ello de acuerdo con lo establecido y precios de la oferta pública en la plataforma web de PROTEGE TU VIAJE S.A.
Los beneficios adicionales o upgrades sólo podrán ser emitidos para la categoría viajes por días.
Upgrade de Cancelación Multi Causa
En aquellos casos que el Beneficiario en forma explícita contrate el beneficio de protección de cancelación multi causa que ofrece PROTEGE TU VIAJE S.A, se otorgará cobertura hasta el monto específicamente contratado y dicho beneficio deberá constar expresamente en el voucher del Beneficiario. Este beneficio es únicamente válido para viajes internacionales.
PROTEGE TU VIAJE S.A cubrirá hasta el tope de cobertura según el plan contratado las penalidades por cancelar anticipadamente un viaje conocido como tours, paquetes turísticos, excursiones, tiquetes aéreos y cruceros que hayan sido organizadas por un tour operador profesional debidamente acreditado en el destino de dicho viaje. Para ser acreedor de este beneficio el Beneficiario del voucher deberá:
1) Contratar el plan de asistencia, antes o hasta un máximo de 72 horas posteriores al primer pago de los servicios turísticos que pudieran cancelarse.
2) Dar aviso a la central de asistencia en un máximo de 24 horas luego de ocurrido el evento que motiva la cancelación. Se tomará como base de cálculo de la indemnización, la fecha de ocurrencia de la causa de Cancelación y no la fecha de aviso del Beneficiario a PROTEGE TU VIAJE S.A. Al mismo tiempo, el Beneficiario deberá cancelar con el organismo de turismo Crucero, Agencia de viaje, Tour Operador, etc. su viaje, para no incrementar la penalidad que ese mismo organismo le vaya a aplicar.
3) Presentar, hasta 30 días calendario después del día de finalización de la vigencia del voucher, toda la documentación que PROTEGE TU VIAJE S.A considere para evaluar la cobertura de este beneficio incluyendo, pero no limitando a: Documento donde se demuestre de forma clara y fehaciente el motivo de cancelación del viaje, cartas de los respectivos prestadores del servicio, facturas y recibos de pago.
4) En caso de planes “Anuales Multiviaje”, este beneficio aplicará una sola vez y corresponde al viaje inicial del pasajero, no podrá ser tenido como aplicable para todos los viajes que pueda realizar el Beneficiario durante la vigencia total del voucher.
5) El Beneficiario tiene hasta treinta (30) días continuos a partir de la fecha de sucedido el evento para presentar la documentación completa y respaldos necesarios para iniciar el proceso de reembolso. Después de ese plazo, no se aceptarán documentos para tramitar ningún reembolso.
Son causas justificadas a los efectos del presente beneficio y contempladas al 100% del tope marcado en el voucher:
1. El fallecimiento, accidente o enfermedad grave no preexistente del Beneficiario o familiar en primer grado de consanguinidad cónyuge, padres, hijos, hermanos, entendiéndose por enfermedad grave una alteración de la salud que, a juicio del Departamento Médico de la Central de Asistencia, imposibilite al Beneficiario para iniciar el viaje en la fecha contratada originalmente.
2. La convocatoria como parte, testigo o jurado de un tribunal.
3. Los daños que, por incendio, robo, hurto o por la fuerza de la naturaleza en su residencia habitual o en sus locales profesionales que los hagan inhabitables y justifican ineludiblemente su presencia.
4. Cuarentena médica como consecuencia de un suceso accidental.
5. Despido laboral comprobado, con fecha posterior a la contratación de asistencia.
6. Convocatoria de emergencia para prestar servicio militar, médico o público.
7. Por epidemia, desastre natural o cenizas volcánicas. En el caso de los productos Crucero no será contemplada como una de las causas justificadas para acceder a este beneficio, las cancelaciones ocasionadas por emanaciones de cenizas volcánicas.
8. Las agudizaciones imprevistas de enfermedades preexistentes. En cuyo caso el Beneficiario o familiar en primer grado de consanguinidad cónyuge, padres, hijos, hermanos con dicha enfermedad preexistente deberá haber permanecido estable, sin episodios, durante un periodo mínimo de 6 meses previos al viaje. PROTEGE TU VIAJE S.A se reserva el derecho de solicitar la historia clínica original del pasajero previa a la fecha en que éste manifiesta la agudización de la enfermedad.
9. Las complicaciones en el embarazo.
10. Cancelación de boda.
11. Entrega de niño en adopción.
12. Parto de emergencia.
Son causas justificadas a los efectos del presente beneficio y contempladas al 70% del tope marcado en el voucher:
13. Secuestro del Beneficiario o familiares directos siempre y cuando sea comprobable, y de conocimiento público.
14. Cancelación de vacaciones por disposición de la empresa.
15. Cambio de trabajo.
16. No aprobación de la Visa para ingresar al país de destino. Este beneficio es válido si la compra del Suplemento se realiza por lo menos 72 horas antes de la cita para la obtención de la visa ante la embajada respectiva. No aplica para los costos de los trámites consulares (costo de la visa).
17. Si la persona que ha de acompañar al Beneficiario en el viaje, entendiéndose como tales las personas que compartan la misma habitación de hotel con el Beneficiario, o cabina de crucero, o sean familiares de primer grado de consanguinidad cónyuge, padres, hijos o hermanos también poseedor es de un Plan de Asistencia en las mismas condiciones que el Beneficiario y dichos acompañantes se viesen obligados a anular el viaje por alguna de las causas enumeradas anteriormente.
Adquirido el plan en las condiciones antes indicadas, y de ser aplicable el beneficio, la vigencia del mismo comienza en el momento en que el Beneficiario adquiere su plan de asistencia y finaliza en el momento de inicio de la vigencia del voucher. Este beneficio no aplica para Beneficiarios mayores de 74 años.
Upgrade futura mamá
Toda persona embarazada que desee comprar un plan de asistencia de PROTEGE TU VIAJE S.A, lo podrá hacer mediante el pago de un monto adicional. Éste beneficio se puede vender para personas embarazadas que tengan hasta máximo 32 semanas de gestación. El beneficio aplica básicamente para las emergencias que se presenten durante el viaje, incluyendo controles de emergencia, ecografías de urgencia, asistencias médicas por enfermedades ocasionadas por su situación de embarazo, partos de emergencia por enfermedad o accidente que ponga en riesgo la vida de la madre o del hijo, abortos o cualquier tipo y cualquier asistencia médica derivada de la situación de embarazo. Esta prestación solo tendrá una vigencia máxima de 30 días, contados a partir del inicio del viaje al exterior.
Exclusiones particulares a este beneficio:
a. Controles, ecografías, consultas médicas en general, estudios médicos, etc., que sean parte de los controles rutinarios del proceso de embarazo y no sean de emergencia. Asimismo, todas las complicaciones resultantes durante y después del embarazo.
b. Partos y cesáreas de curso normal y en término.
c. Gastos médicos relacionados con el recién nacido.
d. Cuando se compruebe que el motivo del viaje es para atender su parto en el exterior.
e. Cuando se compruebe que la venta del voucher se realizó posterior a la semana 32 de embarazo.
NOTA: El límite de edad para acceder al beneficio de futura mamá es mínimo de 19 años de edad hasta máximo 45 años de edad.
Upgrade objetos personales
PROTEGE TU VIAJE S.A indemnizará al beneficiario de un plan de asistencia que así lo establezca, por el costo de tus pertenencias personales o equipaje que haya sido robado durante el viaje el tope de cobertura del plan contratado. Adicionalmente se reembolsarán los gastos por compra de artículos de primera necesidad que te vieras obligado a adquirir como consecuencia del suceso.
1. Hasta US$250 por un objeto de valor, un juego o un par.
2. Pérdida de medicamento o equipo médico considerado necesario y vital por el departamento médico para mantener la salud del beneficiario.
Para acceder a este beneficio, el beneficiario deberá presentar los documentos que la Central de Asistencias considere necesarios, incluyendo, pero no limitándose a:
a. Denuncia policial radicada dentro de las 24 horas de ocurrido el hecho, que acredite el robo de los objetos personales.
b. Si el robo se hubiese producido en un hotel, se deberá presentar la denuncia radicada por la administración del mismo.
c. Si la pérdida ocurre bajo la custodia de una línea aérea u otro medio de transporte deberá presentar el formulario P.I.R o reporte obtenido en la compañía de transporte.
d. Factura de compra de elementos de primera necesidad, entendiéndose por los mismos: única y exclusivamente: ropaje (ropa exterior, ropa interior), zapatos, elementos de aseo personal (shampoo, acondicionador, jabón-líquido, en barra, en polvo-, cepillo de dientes, pasta de dientes, desodorante, crema de afeitar, máquina de afeitar, productos de higiene femenina) y maquillaje.
Cualquier otro elemento no considerado dentro del listado anteriormente indicado, se entenderá como excluido de cualquier tipo de beneficio. La fecha de la compra de estos elementos debe ser posterior a la de la erradicación de la denuncia policial. Se consideran exclusiones a esta beneficio:
i. No se cubrirán objetos personales o equipajes que fueran robados de un vehículo estacionado a menos que los mismos se encontrasen en el baúl del coche fuera de la vista pública y bajo llave en el caso de caravanas o que haya evidencia de que el robo fue efectuado con violencia o utilizando la fuerza.
ii. No se cubrirá el equipaje desatendido a menos que éste se encuentre en una habitación de hotel y en un lugar seguro y debe haber evidencia de entrada forzada y violenta.
iii. Sillas de ruedas, coches de bebés, triciclos, bicicletas, motocicletas y motos de agua.
iv. Lentes de contactos, prótesis dentales y audífonos.
v. Sellos, documentos, mercancías de negocios y muestras.
vi. Custodia o detención de los elementos por parte de autoridades de aduana.
vii. Casos en los que el beneficiario no tome las precauciones de seguridad necesarias.
Nota: este beneficio nos es acumulable con otros.
Upgrade protección tecnología
PROTEGE TU VIAJE S.A indemnizará al beneficiario de un plan de asistencia que así lo establezca, por la pérdida, robo o hurto de los siguientes elementos: cámaras de fotografía, filmadoras, teléfonos inteligentes, tabletas y computadores hasta el tope de beneficio del plan contratado.
Para acceder a este beneficio, el beneficiario deberá presentar los documentos que la Central de Asistencias considere necesarios, incluyendo, pero no limitándose a:
1. Denuncia policial radicada dentro de las 24 horas de ocurrido el hecho, que acredite el robo de los objetos personales.
2. Si el robo se hubiese producido en un hotel, se deberá presentar la denuncia radicada por la administración del mismo.
3. Si la pérdida ocurre bajo la custodia de una línea aérea u otro medio de transporte deberá presentar el formulario P.I.R o reporte obtenido en la compañía de transporte.
4. Factura por reposición del objeto robado, por uno de la misma marca y referencia, con fecha posterior a la radicación de la denuncia policial.
Nota: este beneficio no es acumulable con otros.
Upgrade Deportes
PROTEGE TU VIAJE S.A se hará cargo de los costos de atención resultantes de accidentes ocurridos de la práctica recreativa de alto riesgo, en competencias prácticas profesionales (hasta el tope de su cobertura médica contratada sin exceder USD 100.000) de los siguientes deportes:
1. Categoría 2: Esquí acuático, fútbol, ciclismo de velocidad en pista, curling, patinaje artístico sobre hielo, canotaje en canales ingleses, buceo autónomo (hasta 30 metros máximo), maratón, gimnasia artística, pony trekking, parascending, roller hockey, cabalgata libre, patinaje en hielo, hockey sobre césped, canotaje niveles 3 y 4, pesca con anzuelo en aguas costeras profundas.
2. Categoría 3: Artes marciales, esquí, fútbol galés, fútbol americano, hockey sobre hielo, patinaje de velocidad sobre hielo, patinaje de velocidad sobre pista corta, tobogganing, ciclomontañismo, montañismo, bobsleigh, alpinismo, roller derby, heli-skiing, salto ecuestre, carrera de caballos, competencia de equitación, gimnasia en trampolín, rafting niveles 4 y 5.
3. Categoría 4: Paracaidismo, parapente, esquí acrobático, esquí alpino, esquí de fondo, luge, esquí fuera de pistas, rafting por encima de nivel 5, canotaje nivel 5, alpinismo en montaña de hielo, motociclismo, automovilismo, rugby, BMX.
NOTA: el límite de edad para los deportes extremos en cualquier categoría es de mínimo 15 años y máximo 65 años de edad.
Upgrade asistencia para mascotas (beneficio por accidente, enfermedad y repatriación funeraria):
La validez será la misma del voucher de asistencia en viajes de PROTEGE TU VIAJE S.A con un máximo 90 días naturales. Éste beneficio lo podrá comprar un propietario de una mascota, mediante el pago de un monto adicional. Éste beneficio se puede vender para Perros y Gatos, que no se encuentren descritos en las exclusiones particulares del presente servicio.
En caso de accidente y/o enfermedad no preexistente de la mascota, PROTEGE TU VIAJE S.A cubrirá los gastos de asistencia veterinaria necesaria, como las consultas, medicación, pruebas diagnósticas o intervenciones quirúrgicas, entre otros, siempre y cuando se trate de una emergencia comprobable. Además, en caso de fallecimiento de la mascota, PROTEGE TU VIAJE S.A organizará y sufragará la repatriación funeraria, tomando a su cargo los gastos de: féretro obligatorio para transporte internacional, trámites administrativos y transporte del cuerpo por el medio que considere más conveniente hasta el lugar de ingreso al país de residencia habitual del propietario de la mascota, el mismo que figura en el plan de asistencia de PROTEGE TU VIAJE S.A.
Requisitos particulares a este beneficio:
a. Sólo se admitirán perros y gatos.
b. Que la mascota tenga cuando menos cumplidos cuatro meses de edad y no sean mayores de ocho años.
c. El propietario de la mascota deberá presentar la cartilla de vacunación completa y vigente, en caso tal que la mascota sea menor a un año de edad, el propietario deberá acreditar haber recibido sus vacunas de refuerzo.
d. La mascota al momento del viaje no deberá presentar ninguna enfermedad.
e. La mascota debe estar debidamente desparasitada, interna y externamente.
f. Sólo aplicará para una mascota por persona.
Exclusiones particulares a este beneficio:
i. No se cubrirá ningún tipo de controles, exámenes investigativos, consultas médicas en general, estudios médicos, etc., que no sean de emergencia.
ii. Vacunas y/o desparasitación.
iii. Enfermedades resultantes de la falta de desparasitación o vacunas.
iv. Mascotas en gestación
v. Mascotas que, al momento del viaje, se presenten enfermas
vi. Mascotas en tratamiento médico
vii. Mascotas menores de cuatro meses y mayores de ocho años de edad
viii. Mascotas que no cuenten con la cartilla de vacunación completa y vigente
ix. Mascotas que no cumplan con las normas y requerimientos legales para traslado internacional.
x. Pueden aplicarse otras exclusiones mencionadas en el contrato principal.
Upgrade de asistencia médica por enfermedad preexistente
El upgrade de preexistencia solo cubre hasta el límite establecido al momento de la compra, según la carta entregada con la confirmación del upgrade.
Si el beneficiario padeciera de una enfermedad preexistente o crónica al inicio de su viaje al exterior, aun cuando no fuera de su conocimiento, como se ha establecido en estas Condiciones Generales, PROTEGE TU VIAJE S.A queda automáticamente exenta de prestar servicios o asistencias a su cargo y con base al plan de asistencia adquirido. No obstante, y en forma excepcional y sólo en aquellos casos que así lo establezcan expresamente, PROTEGE TU VIAJE S.A asumirá los cargos por asistencia médica por enfermedad preexistente o crónica a favor del beneficiario hasta un máximo del monto determinado en el respectivo plan adquirido. En estos casos PROTEGE TU VIAJE S.A reconocerá la primera consulta clínica en la que se determine la preexistencia de la enfermedad hasta por las cantidades que se determinan en la Tabla de Resumen de Beneficios respectiva.
Episodio agudo o evento no predecible, descompensación de enfermedades crónicas y / o preexistentes conocidas, oculto o previamente asintomática. Este beneficio se proporciona exclusivamente para la atención médica primaria en el episodio agudo, o en caso de no predecible, con el beneficio superior especificado por el plan contratado, la emergencia debe requerir la asistencia durante el viaje y no puede aplazarse hasta el retorno al país de residencia, el Centro de Gestión de Emergencias se reserva el derecho de decidir el tratamiento más adecuado entre los propuestos por el personal médico y / o la repatriación a su país de residencia. La repatriación será una solución en los casos en los que los tratamientos requiere evolución a largo tiempo, cirugías programadas o cirugías no urgentes, el beneficiario está obligado a aceptar esta solución, perdiendo en caso de rechazo de la solución de todos los beneficios que ofrece el plan de asistencia.
Se excluye de este beneficio el inicio o la continuación de tratamientos, procedimientos de diagnóstico, de investigación, o conducta diagnóstica y terapéutica, que no están relacionados con el episodio agudo y no previsto.
Se excluye de este beneficio toda enfermedad relacionada con la transmisión sexual, incluyendo, pero no limitando a la sífilis, gonorrea, herpes genital, clamidia, el virus del papiloma humano trichomonas vaginalis, tricomoniasis, virus de la inmunodeficiencia humana (VIH), el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA), entre otros.
No se trata en cualquiera de nuestros planes, procedimientos de diálisis, trasplantes, oncología y tratamiento psiquiátrico, audífonos, anteojos, lentes de contacto, puentes dentales, marcapasos, desfibriladores implantables, respiradores para pacientes externos, dispositivos implantables, equipo desechable específica, etc. enfermedades causadas por la ingestión de drogas, narcóticos, medicamentos que se toman de forma fiable sin receta, alcoholismo, etc.
Nota: Este beneficio no cubrirá por ningún motivo el seguimiento o continuación de tratamientos iniciados durante la vigencia del primer voucher de un pasajero que haya decidido renovar su plan de asistencia; además el beneficio no podrá exceder de USD 30,000.
Obligaciones del Beneficiario:
1. El Beneficiario deberá seguir todas las instrucciones médicas dadas por el médico tratante asignado por PROTEGE TU VIAJE S.A y tomar todos los medicamentos como forma prescrita y necesaria.
2. Si el Beneficiario está interesado en la contratación de un plan que incluye el beneficio de emergencia para preexistente condición médica PROTEGE TU VIAJE S.A , y sufre alguna(s) de las siguientes condiciones: cualquier tipo de cáncer, enfermedades del corazón, enfermedad pulmonar crónica y / o enfermedad hepática crónica , el Beneficiario debe consultar a su médico personal en su país de origen antes de iniciar el viaje y obtener una confirmación por escrito de que están en condiciones de viajar por todos los días previstos, el destino deseado y la condición no es un inconveniente para todas las actividades programadas.
3. El Beneficiario no podrá iniciar el viaje después de recibir un diagnóstico terminal.
4. Para poder acceder a esta cobertura el beneficiario deberá haber estado estable por más de 12 meses.
En caso de que se determine que el motivo del viaje fue el tratamiento en el extranjero por una afección crónica o preexistente, el Centro de Manejo de Emergencias denegará la cobertura.
Nota: El límite de edad para acceder al beneficio de asistencia médica por enfermedad preexistente es máximo 74 años de edad.
Upgrade Parque Temático
En aquellos casos que el Beneficiario en forma explícita contrate el beneficio de protección de Parque Temático que ofrece PROTEGE TU VIAJE S.A, se otorgará cobertura del setenta por ciento (70%) del valor del ticket del Parque Temático perteneciente al comprador del voucher que haya adquirido el upgrade. Este beneficio es únicamente válido para viajes internacionales y para cualquier Parque Temático en el mundo.
Para ser acreedor de este beneficio el Beneficiario del voucher deberá:
a) Contratar el plan de asistencia, antes o hasta un máximo de 72 horas posteriores a la compra del ticket de entrada al Parque Temático.
b) Dar aviso a la central de asistencia en un máximo de 24 horas luego de ocurrido el evento que motiva la cancelación. Se tomará como base de cálculo de la indemnización, la fecha de ocurrencia de la causa de Cancelación y no la fecha de aviso del Beneficiario a PROTEGE TU VIAJE S.A. Al mismo tiempo, el Beneficiario deberá cancelar con el ticket del Parque Temático, para no incrementar la penalidad que este le vaya a aplicar.
c) Presentar toda la documentación que PROTEGE TU VIAJE S.A considere para evaluar la cobertura de este beneficio incluyendo, pero no limitando a: Documento donde se demuestre de forma clara y fehaciente el motivo de cancelación de ingreso al Parque Temático, cartas de los respectivos prestadores del servicio, facturas y recibos de pago.
d) En caso de planes “Anuales Multiviaje”, este beneficio aplicará una sola vez y corresponde al viaje inicial del pasajero, no podrá ser tenido como aplicable para todos los viajes que pueda realizar el Beneficiario durante la vigencia total del voucher.
Son causas justificadas a los efectos del presente beneficio y contempladas al 70% del tope marcado en el voucher:
1. Cierre del parque temático a consecuencia de condiciones climáticas, para ello es requisito indispensable presentar documento del Parque Temático que certifique dicho suceso.
2. Cancelación de ingreso al Parque Temático por enfermedad grave o accidente del Beneficiario, entendiéndose por enfermedad grave una alteración de la salud que, a juicio del Departamento Médico de la Central de Asistencia, imposibilite al Beneficiario para iniciar el viaje en la fecha contratada originalmente. Es indispensable comunicarse con la Central de Asistencia para reportar el incidente dentro de las 24 horas.
3. Cierre del Parque Temático por causa directa del parque, para ello es requisito indispensable presentar documento del Parque Temático que certifique dicho suceso.
4. Cancelación por enfermedad grave o fallecimiento de acompañante (siendo el enfermo menor de edad o la condición del acompañante no permita el ingreso al parque), el (los) acompañante(s) deberán tener una relación en primer grado de consanguinidad cónyuge, padres, hijos o hermanos también poseedores de un Plan de Asistencia en las mismas condiciones que el Beneficiario y dichos acompañantes se viesen obligados a anular el viaje por alguna de las causas enumeradas anteriormente, deberán comunicarse con la Central de Asistencia para reportar el incidente dentro de las 24 horas.
5. Cancelación por accidente de tránsito o avería de vehículo, en caso que el Beneficiario tenga un accidente de tránsito o un evento relacionado con el medio de transporte por el cual
se esté desplazando al Parque Temático, por ello deberá presentar Reporte Policial del accidente o comprobante de la compañía que lo auxilió en caso de avería o inconveniente del auto.
6. Interrupción o cancelación de viaje, el beneficiario debe poseer el beneficio de cancelación o interrupción de viaje dentro de su plan de asistencia y si cumple con alguno de las causas podrá acceder a este numeral para recibir el reembolso de sus tickets. Por lo anterior, es obligación del Beneficiario cumplir con el literal “a” y en caso de no tener contratado un plan de asistencia no podrá hacer uso del beneficio.
Adquirido el plan en las condiciones antes indicadas, y de ser aplicable el beneficio, la vigencia del mismo comienza en el momento en que el Beneficiario adquiere su plan de asistencia y finaliza en el momento de inicio de la vigencia del voucher. Este beneficio no aplica para Beneficiarios mayores de 74 años.
Upgrade de Asistencia por muerte accidental en medio de transporte público
Muerte accidental: Solo para los productos que lo incluyan expresamente en las Condiciones Particulares.
Personas aseguradas: El Titular del plan de asistencia de PROTEGE TU VIAJE S.A está asegurado cuando el Voucher correspondiente al producto PROTEGE TU VIAJE S.A adquirido incluya este beneficio.
Riesgos asegurados
Muerte en transporte público: Muerte únicamente como consecuencia de un accidente mientras el Titular viaja como pasajero en un medio de transporte público, terrestre, marítimo, aéreo, o mientras viaja en taxi o limusina, siempre que el mismo esté regulado por un ente estatal y siempre que el Titular del plan de asistencia no sea miembro de la tripulación, piloto o conductor del transporte.
Muerte accidental 24hs: Muerte únicamente como consecuencia de un accidente, incluyendo la muerte en transporte público descrita en el párrafo precedente, siempre que el Titular tenga 74 años o menos años de edad al momento del accidente.
NOTA: Cuando un plan de PROTEGE TU VIAJE S.A incluye dos alternativas de indemnización, según las circunstancias que hayan ocasionado la Muerte Accidental, una y solo una de ellas será indemnizable.
Queda entendido y convenido entonces que la indemnización correspondiente a la Cobertura de Muerte Accidental 24 horas, excluye la indemnización correspondiente a Muerte Accidental en Transporte Público.
Upgrade de Responsabilidad Civil
La responsabilidad Civil por daños personales y/o materiales causados a terceros y bienes materiales, como consecuencia directa de un accidente, siempre y cuando el mismo no sea parte de una exclusión de servicio mencionada en estas Condiciones Generales. El límite nominal de los montos máximos a asumir pactado para este beneficio se encuentra en las Condiciones Particulares de este certificado, mediante la adquisición de un upgrade ( USD 5.000 y USD 10.000).
Exclusiones de este beneficio:
1. Obligaciones contractuales.
2. Tenencia, uso o manejo de vehículos aéreos y terrestres o acuáticos auto propulsado o remolcado.
3. Responsabilidad Civil Profesional y/o Errores y Omisiones.
4. Acoso y/o Abuso Sexual.
5. Daños punitivos y ejemplares, multas y penalidades.
6. Tenencia y/o uso de armas.
7. Polución y/o Contaminación.
8. Transmisión electrónica de datos u otra información.
9. Participación en riñas o peleas.
NOTA: Límite es de 45 años, por un plazo no mayor a 90 días.
XI. EXCLUSIÓN APLICABLES A TODOS LOS SERVICIOS Y BENEFICIOS
Quedan expresamente excluidos del sistema de asistencia PROTEGE TU VIAJE S.A los eventos siguientes:
1. Enfermedades crónicas o preexistentes, definidas, o recurrentes, padecidas con anterioridad al inicio de la vigencia del plan y/o del viaje, sean estas del conocimiento o no por el Beneficiario, así como sus agudizaciones, secuelas y consecuencias directas o indirectas (incluso cuando las mismas aparezcan por primera vez durante el viaje).
2. Enfermedades, lesiones, afecciones o complicaciones médicas resultantes de tratamientos efectuados o llevados a cabo por personas o profesionales no autorizados por el Departamento Médico de la Central de Servicios de Asistencia PROTEGE TU VIAJE S.A, o exceptuando lo determinado en el punto precedente.
3. Los tratamientos homeopáticos, tratamientos de acupuntura, la kinesioterapia, las curas termales, podología, manicura, pedicura, etc.
4. Las afecciones, las enfermedades o lesiones derivadas de empresa, intento o acción criminal o penal del Beneficiario, directa o indirectamente como peleas, riñas, flagelaciones, etc.
5. Tratamiento de enfermedades o estados patológicos producidos por la ingesta o la administración intencional de tóxicos (drogas), narcóticos, alcohol, o por la utilización de medicamentos sin la respectiva orden médica.
6. Gastos incurridos en cualquier tipo de órtesis, prótesis, incluidas las dentales, lentes, audífonos, sillas de ruedas, muletas, anteojos, etc.
7. Eventos ocurridos como consecuencia de simples entrenamientos, prácticas sencillas o participación activa o no activa en competencias deportivas (profesionales o amateurs). Además quedan expresamente excluidas las ocurrencias consecuentes a la práctica de deportes peligrosos o de riesgos o extremos incluyendo pero no limitando a: Motociclismo, Automovilismo, Boxeo, Polo, Ski acuático, Buceo (hasta 30 metros máximo), Ala Deltismo, Kartismo, Cuatrimotos, Alpinismo, Ski , Football, Boxeo, Canotaje, Parapente , Kayak, Bádminton, Básquetbol, Voleibol, Handball, karate do, Kung fu, Judo, Tiro al arco, Tiro fusil, Tejo, Rappel, Buceo, Torrentismo, Montañismo, Escalada, Puenting, Atletismo, Ciclismo, Luge Espeleología, Skeleton, la Caza de animales, Bobsleigh, etc., y otros deportes practicados fuera de pistas reglamentarias y autorizadas por las respectivas federaciones de deportes.
8. Los partos, estados de embarazo, controles ginecológicos, exámenes relacionados con los mismos. Los abortos, o las pérdidas cualquiera sea su etiología u origen. Asimismo, todas las complicaciones resultantes durante y después del embarazo.
9. Todo tipo de enfermedades mentales, Incluyendo pero no limitando a neurosis, psicosis o cualquier otra enfermedad mental o condición psicológica, así como sus consecuencias.
10. Afecciones, enfermedades o lesiones derivadas del consumo de bebidas alcohólicas de cualquier tipo.
11. El Síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA) y virus de inmunodeficiencia humana (VIH) en todas sus formas, secuelas y consecuencias. Las enfermedades y/o infecciones de transmisión sexual y/o en general todo tipo de prestación, examen y/o tratamiento que no haya recibido la autorización previa de la Central de Servicios de Asistencia.
12. Los Eventos y las consecuencias de desencadenamiento de fuerzas naturales, tsunamis, temblores, terremotos, tormentas, tempestades, huracanes, ciclones, inundaciones, eventos de radiación nuclear y de radioactividad, así como cualquier otro fenómeno natural o no, con carácter extraordinario o evento que, debido a sus proporciones o gravedad, sea considerado como desastre nacional regional o local o catástrofe, sismos, huracanes, inundaciones etc.
13. El suicidio, o el intento de suicidio o las lesiones infringidas a sí mismo por parte del Beneficiario y/o su familia, así como cualquier acto de manifiesta irresponsabilidad o imprudencia grave por parte del Beneficiario de la asistencia en viajes.
14. Los eventos como consecuencia de actos de guerra, invasión, actos cometidos por enemigos extranjeros o nacionales, terrorismo, hostilidades u operaciones de guerra (sea que haya sido declarada o no la guerra) guerra civil, rebelión, insurrección o poder militar, naval o usurpado, la intervención del Beneficiario en motines, manifestaciones o tumultos que tengan o no carácter de guerra civil, o sea que la intervención sea personal o como miembro de una organización civil o militar; terrorismo u otra alteración grave del orden público.
15. Los actos malintencionados y/o de mala fe de parte del Beneficiario o de sus apoderados.
16. Los exámenes médicos de rutina, los exámenes de laboratorio para chequeos médicos, los exámenes de diagnóstico y o de controles, exámenes de laboratorio o radiológicos o de otros medios, cuya finalidad es la de establecer si la enfermedad es una preexistencia, tales como los exámenes de radiología, el doppler, las resonancias magnéticas, tomografías, ultrasonidos, imágenes, scanner de toda índole, etc. Los exámenes médicos practicados para establecer si la dolencia corresponde a una enfermedad preexistente o no.
17. Gastos correspondientes a transportes públicos o privados o desplazamientos pagados por el Beneficiario desde su hotel o lugar donde esté hasta el centro hospitalario, o centro médico, o consultorio del médico. A menos que dichos gastos hayan sido expresamente autorizados en forma escrita o verbal por la Central de Servicios de Asistencia.
18. Las enfermedades derivadas o debidas o consecuentes de las deformaciones congénitas conocidas o no por el Beneficiario.
19. Lesiones o accidentes derivados de accidentes aéreos en aviones no destinados ni autorizados como transporte público, incluyendo los vuelos fletados particulares.
20. Afecciones, enfermedades o lesiones derivadas directa o indirectamente de riña o peleas (salvo que se tratase de un caso de legítima defensa comprobada con reporte policial), huelga, actos de vandalismo o tumulto popular en que el Beneficiario hubiese participado como elemento activo. El intento de o la comisión de un acto ilegal y, en general, cualquier acto doloso o criminal del Beneficiario, incluido el suministro de información falsa o diferente de la realidad.
21. Enfermedades epidémicas, endémicas o pandémicas declaradas por la Organización Mundial de la Salud o por autoridades sanitarias oficiales, excepto cuando se cubran expresamente en la Sección IX de estas Condiciones Generales. En todo caso, quedan excluidas las asistencias cuando el Beneficiario no haya seguido las recomendaciones y/o restricciones de viaje, tratamiento profiláctico y/o vacunación emanadas de las autoridades sanitarias.
22. Cualquier gasto o asistencia médica que no haya sido previamente consultado y autorizado por la Central de Servicios de Asistencia PROTEGE TU VIAJE S.A.
23. Las enfermedades, o indisposiciones resultantes de trastornos del periodo menstrual en las mujeres, como adelantos o retrasos, así como sangrados, flujos y otros.
24. Enfermedades Hepáticas, como Cirrosis, Abscesos y otros.
25. Exámenes y/u hospitalizaciones para pruebas de esfuerzo y todo tipo de chequeos preventivos.
26. Cualquier tipo de hernia y sus consecuencias.
27. Secuestro o su intento.
28. Riesgos profesionales: si el motivo del viaje del Beneficiario fuese la ejecución de trabajos o tareas que involucren un riesgo profesional, así como las lesiones clasificadas como lesiones por esfuerzos repetitivos, enfermedades osteomusculares relacionadas al trabajo, lesión por trauma continuado o continuo, etc., o similares, tanto como sus consecuencias post tratamiento inclusive quirúrgicos en cualquier tiempo.
29. Lesiones de conductor o pasajero por el uso de cualquier tipo de vehículos, incluidos bicicletas, motocicletas y velomotores sin licencia de conducir, o sin casco, o sin asistencias contratados.
30. Están excluidos los accidentes y enfermedades presentadas en países en guerra civil o extranjera. Ejemplo: Afganistán, Irak, Sudán, Somalia, Corea del Norte, etc.
31. No se brindará asistencia de ningún tipo al Beneficiario en situación migratoria o laboral ilegal (incluyendo trabajo no declarado en el país desde donde se requiere la asistencia, o a estudiantes sorprendidos trabajando en país extranjero sin la respectiva autorización de las autoridades locales).
32. PROTEGE TU VIAJE S.A no tomará a su cargo costos por fisioterapias referidas para el tratamiento de dolencias relacionadas a accidentes laborales, tareas repetitivas o enfermedades crónicas y/o degenerativas de los huesos o músculos. Las fisioterapias se cubrirán únicamente en caso tal que la dolencia haya sido ocasionada por un accidente no laboral bajo autorización previa del Departamento Médico de la Central de Servicios de Asistencia en caso tal que se determine que con las mismas el pasajero podrá mejorar su condición actual y bajo ningún motivo, podrá exceder las diez (10) sesiones.
En caso de constatarse que el motivo del viaje fuera el tratamiento en el extranjero de una enfermedad de base, y que el tratamiento actual tenga alguna vinculación directa o indirecta con la dolencia previa motivo del viaje, PROTEGE TU VIAJE S.A quedará relevada de prestar sus servicios. A tal fin PROTEGE TU VIAJE S.A se reserva el derecho de investigar la conexión del hecho actual con la dolencia previa.
Convenio de Competencia: Queda expresamente convenido entre las partes, en lo relativo a la relación contractual entre el Beneficiario del voucher y el proveedor que cualquier problema de interpretación sobre los alcances de la misma y/o reclamación judicial, que no puedan ser resueltos en forma amistosa entre las partes, deberán ser sometidos a la jurisdicción de los tribunales competentes de la República de Panamá, domicilio legal de PROTEGE TU VIAJE S.A., con exclusión de cualquier otro foro y jurisdicción que pudiera corresponder.
Servicios no acumulativos y/o Intervención de otras empresas: En ningún caso PROTEGE TU VIAJE S.A prestará los servicios de asistencia al Beneficiario establecidos en el PLAN DE ASISTENCIA MÉDICA del CERTIFICADO DE VIAJE, ni efectuará reembolso de gastos de ningún tipo, en tanto y en cuanto el Beneficiario solicite o haya solicitado prestaciones por el mismo problema y/o afección a cualquier otra empresa, antes, durante o después de haberlas solicitado al proveedor.
XII. SUBROGACIÓN Y CESIÓN DE DERECHOS
Hasta la concurrencia de las sumas desembolsadas en cumplimiento de las obligaciones emanadas de las presentes Condiciones Generales de los Servicios de PROTEGE TU VIAJE S.A quedará automáticamente subrogada en los derechos y acciones que puedan corresponder al Titular o a sus herederos contra terceras personas físicas o jurídicas y/u organismo(s) público(s) u oficial(es) en virtud del evento que ocasionó la asistencia prestada.
El Titular se compromete a reembolsar en el acto a PROTEGE TU VIAJE S.A todo importe que haya recibido de parte del sujeto causante y/o responsable del accidente y/o de su(s) compañía(s) de asistencia(s) en concepto de adelanto(s) a cuenta de la liquidación de la indemnización final a la cual el titular pudiere tener derecho. Ello a concurrencia de los importes a cargo de PROTEGE TU VIAJE S.A en el caso ocurrido.
Sin que la siguiente enunciación deba entenderse limitativa, quedan expresamente comprendidos en la subrogación los derechos y acciones susceptibles de ser ejercitados frente a las siguientes personas:
1) Terceros responsables de un accidente (de tránsito o de cualquier otro tipo) y/o sus compañías de asistencia.
2) Empresas de transporte, en lo atinente a la restitución-total o parcial- del precio de pasajes no utilizados, cuando PROTEGE TU VIAJE S.A haya tomado a su cargo el traslado del titular o de sus restos.
3) Otras compañías que cubran el mismo riesgo.
IMPORTANTE: El titular cede irrevocablemente a favor de PROTEGE TU VIAJE S.A los derechos y acciones comprendidos en la presente Cláusula, obligándose a llevar a cabo la totalidad de los actos jurídicos que a tal efecto resulten necesarios y a prestar toda la colaboración que le sea requerida con motivo del hecho ocurrido. En tal sentido, se compromete y obliga a formalizar la subrogación o cesión a favor de PROTEGE TU VIAJE S.A dentro de los tres (3) días calendario siguientes de intimado el Titular/es al efecto. De negarse a suscribir y/o prestar colaboración para ceder tales derechos a PROTEGE TU VIAJE S.A, esta última quedará automáticamente eximida de pagar los gastos de asistencia originados.
Además, PROTEGE TU VIAJE S.A estará subrogada, entendiéndose que cualquier seguro, asistencia en viaje y/o seguro médico tendrá la obligación en primera instancia del pago ya sea de la totalidad o parte de los gastos que puedan desencadenarse a causa del evento sufrido por el Beneficiario.
PROTEGE TU VIAJE S.A quedará subrogado en los derechos y acciones que correspondan al Beneficiario, por hechos que hayan motivado la intervención de aquel y hasta el total del costo de los servicios prestados.
De igual forma PROTEGE TU VIAJE S.A se reserva el derecho de poder ceder en todo o en parte tanto los derechos que le asistieron derivados de la relación contractual con el Beneficiario, así como la ejecución, prestación de servicios y demás obligaciones a su cargo a terceras personas jurídicas profesionales en el ramo de la asistencia a empresas del ramo.
En tal sentido el Beneficiario está consciente de dicho derecho y por tanto renuncia expresamente a ser notificado o comunicado previamente de dichas cesiones.
XIII. CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES DE INEJECUCIÓN INIMPUTABLE
Ni PROTEGE TU VIAJE S.A, ni su red de prestadores de servicios, serán responsables, exigibles o ejecutables por casos fortuitos, que originen retrasos o incumplimientos inimputables debidos a catástrofes naturales, huelgas, guerras, invasiones, actos de sabotaje,hostilidades, rebelión, insurrección, terrorismo o pronunciamientos, manifestaciones populares, radioactividad, o cualquier otra causa de fuerza mayor. Cuando elementos de esta índole interviniesen, PROTEGE TU VIAJE S.A se compromete a ejecutar sus compromisos dentro del menor plazo que fuera posible y siempre y cuando una vez sea factible dicha prestación de servicios, se mantenga la contingencia que la justifique.
XIV. RECURSO
PROTEGE TU VIAJE S.A se reserva el derecho de exigir al Beneficiario el reembolso de cualquier gasto efectuado por éste en forma indebida, en caso de habérsele prestado servicios no contemplados por este contrato o fuera del período de vigencia del plan de asistencia contratado, así como cualquier pago realizado por cuenta del Beneficiario.
XV. RESPONSABILIDAD
El servicio brindado por PROTEGE TU VIAJE S.A de conformidad a los términos de las presentes condiciones generales y al contrato de asistencia en viaje, se circunscribe única y exclusivamente a facilitar al Beneficiario el acceso a profesionales para la prestación por parte de éstos últimos, bajo su única y exclusiva responsabilidad, servicios médicos, odontológicos, farmacéuticos, legales y/o de asistencia en general. De esta forma, PROTEGE TU VIAJE S.A no será responsable en forma alguna, ya sea directa o indirectamente, de cualquier reclamo que pudiere realizar el Beneficiario por la prestación de los servicios llevada a cabo por cualquiera de los profesionales antes mencionados.
PROTEGE TU VIAJE S.A, no será responsable y no indemnizará al Beneficiario por ningún tipo de daño, perjuicio, lesión o enfermedad causada por haberle brindado al Beneficiario a su solicitud, personas o profesionales para que lo asistan médica, odontológica, farmacéutica o legalmente. En estos casos, la persona o personas designadas por PROTEGE TU VIAJE S.A serán tenidas como agentes del Beneficiario, sin posible recurso de naturaleza o circunstancia alguna contra PROTEGE TU VIAJE S.A, en razón de tal designación. PROTEGE TU VIAJE S.A. se esfuerza para poner a disposición de los pasajeros los mejores profesionales de la salud y los mejores medios, sin embargo PROTEGE TU VIAJE S.A, no podrá nunca ser tenida ni total ni parcialmente como responsable por la disponibilidad, la calidad, los resultados, falta de atención, servicios médicos y/o mala praxis de dichos profesionales o entidades, pues son condiciones que se encuentran totalmente fuera del control de PROTEGE TU VIAJE S.A.
XVI. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
PROTEGE TU VIAJE S.A., sociedad constituida conforme a las leyes de la República de Panamá y en su condición de responsable del tratamiento, podrá recolectar, registrar, organizar, conservar, usar, consultar, analizar, comunicar, transmitir, transferir y, cuando resulte necesario para la prestación de los servicios, transferir internacionalmente datos personales del Beneficiario, incluidos datos de salud, con las finalidades de verificar su identidad, administrar la relación contractual, evaluar la procedencia, alcance y modalidad de las prestaciones, coordinar y prestar servicios de asistencia, gestionar atenciones médicas, hospitalarias y farmacéuticas, auditar prestaciones, procesar reembolsos, prevenir fraude, atender requerimientos de autoridades competentes y cumplir obligaciones legales o regulatorias.
Cuando la normativa aplicable así lo requiera, el Beneficiario otorga su consentimiento previo, expreso e inequívoco para el tratamiento de sus datos de salud y para su comunicación a médicos, hospitales, clínicas, laboratorios, farmacias, prestadores de servicios, auditores médicos, reaseguradores, aliados estratégicos, proveedores tecnológicos y demás terceros que intervengan razonablemente en la evaluación, coordinación, prestación, auditoría o pago de los servicios contratados.
El Beneficiario reconoce y acepta que la negativa a suministrar datos necesarios para la prestación de los servicios, o la revocación del consentimiento cuando este constituya la base habilitante aplicable para determinado tratamiento, podrá impedir total o parcialmente la coordinación o ejecución de las prestaciones solicitadas, sin responsabilidad para PROTEGE TU VIAJE S.A. en la medida en que dicha imposibilidad derive de la falta de datos o de la revocación indicada.
El tratamiento de los datos se realizará conforme a la legislación aplicable y a la Política de Privacidad vigente de PROTEGE TU VIAJE S.A., donde se detallan las finalidades, bases jurídicas aplicables, categorías de destinatarios, transferencias internacionales, plazo o criterios de conservación, derechos del titular y canales de contacto para su ejercicio. El Beneficiario podrá ejercer los derechos que le reconozca la normativa aplicable a través de los canales allí informados.
XVII. CADUCIDAD RESOLUCIÓN MODIFICACIÓN
Toda reclamación tendiente a hacer efectivas las obligaciones que PROTEGE TU VIAJE S.A, asume a través de las presentes condiciones generales, deberá formularse en debida forma y por escrito dentro del plazo máximo improrrogable de treinta (30) días continuos calendario, contados a partir de la fecha de finalización de la vigencia del voucher. Transcurrido el plazo indicado, se producirá la automática caducidad de todos los derechos no ejercidos oportunamente.
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